DIAZ CON BAUTISTA
Rol
C-500-2016
Fecha
28 de noviembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Que, la ejecutada puso en conocimiento de la ejecutante el hecho de haber pagado la totalidad de las cotizaciones adeudadas mediante la presentación efectuada en estos autos el 17 de julio de 2019, acompañando documentos idóneos al efecto que demuestran haberse pagado aquellas y remitido carta certificada al actor el 25 de febrero de 2019. Por su parte, la ejecutante no manifestó oposición alguna a la presentación de la ejecutada. Que, el acto de convalidación es de carácter complejo, dónde no basta con el pago, sino que también tome conocimiento de dicho acto por parte del ejecutante y, habiéndose cumplido con ambas, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo en relación con el artículo 469 del mismo cuerpo legal,
Fallo
Se resuelve solicitud de la ejecutada presentada con fecha 17 de julio de 2019, a folio 232, al tenor siguiente: Visto y considerando: Que, la ejecutada puso en conocimiento de la ejecutante el hecho de haber pagado la totalidad de las cotizaciones adeudadas mediante la presentación efectuada en estos autos el 17 de julio de 2019, acompañando documentos idóneos al efecto que demuestran haberse pagado aquellas y remitido carta certificada al actor el 25 de febrero de 2019. Por su parte, la ejecutante no manifestó oposición alguna a la presentación de la ejecutada. Que, el acto de convalidación es de carácter complejo, dónde no basta con el pago, sino que también tome conocimiento de dicho acto por parte del ejecutante y, habiéndose cumplido con ambas, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo en relación con el artículo 469 del mismo cuerpo legal, se declara convalidado el despido con fecha 25 de febrero de 2019. Una vez firme la presente resolución, remítanse los antecedentes a administrativo contable del tribunal a fin de liquidar el crédito de autos hasta esa fecha. RIT C-500-2016 RUC 16-4-0024032-2 Proveyó doña YOHANA MARIA CHAVEZ CASTILLO, Jueza Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Antofagasta. En Antofagasta, a veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario y correo electrónico la resolución precedente. /mmm Código: HQHMXJYXTMV Este documento tiene firma electrónica y su original pu
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Antofagasta, veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés. Como se pide. Se resuelve solicitud de la ejecutada presentada con fecha 17 de julio de 2019, a folio 232, al tenor siguiente: Visto y considerando: Que, la ejecutada puso en conocimiento de la ejecutante el hecho de haber pagado la totalidad de las cotizaciones adeudadas mediante la presentación efectuada en estos autos el 17 de julio
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