SCOTIABANK CHILE S. A./DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE TARAPACÁ
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2025
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se ha elevado esta causa Rol C-3873-2022 del 19º Juzgado Civil de Santiago que corresponde al Ingreso Corte N°5708-2023, para conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante Scotiabank Chile S.A. en contra de la sentencia de dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, que acogió la demanda deducida en contra de la Dirección General de Aguas (DGA), solo en cuanto “I.- Se ordena modificar el título de aprovechamiento de aguas inscritos a fojas 299 número 370 del Registro de Propiedad de San Fernando, mediante la subinscripción al margen que dicho derecho de aprovechamiento de aguas es de naturaleza superficial y corriente, de carácter consultivo, de ejercicio permanente y continuo, consistente en 25 litros por segundo que se captan del Estero Chimbarongo y 75 litros por segundo que se captan del Estero Trucalemu, cuya bocatoma proviene del Canal San Luis, ubicados en la provincia de Colchagua en la Región del Libertador Bernardo O´Higgins. II.- Que se ordena el Registro de los derechos inscritos, ordenados en el acápite anterior en el Registro de Catastro Público de Aguas. III.-Que se deberán practicar lo señalado precedente a través de copia autorizada de la respectiva sentencia más el certificado respectivo que le otorgue el carácter de ejecutoria a la misma oportunidad, extendida a petición de parte interesada a su costa, si procediere. IV.- Que cada parte soportará sus costas.”; y solicita en su recurso que se enmiende el fallo impugnado en los términos que indica. Concedido el recurso y elevado ante esta Corte, se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos Séptimo al Vigésimo, ambos inclusive, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, en este proceso, mediante la interposición de una acción contenciosa seguida bajo el procedimiento sumario, el demandante Scotiabank Chile S.A. ha solicitado la declaración del perfeccionamiento de los derechos de aprovechamiento de aguas inscritos a fojas 299 número 370 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, que corresponden de acuerdo al título de dominio a: “Derechos de agua que riegan el Fundo La Palma o Los Culenes, provienen del Estero Chimbarongo, que la ubicación de la Bocatoma es a una y media cuadra m/m del camino público de Nancagua a Auquinco Provincia de Colchagua, que el volumen de agua que aprovecha es de 25 litros por segundo y 75 litros por segundo del Estero Trucalemu para el riego de 72 ½ hectáreas del Fundo Los Culenes.”, demandando a la Dirección General de Aguas (DGA), organismo que no compareció durante la primera instancia por lo que se siguió el procedimiento en su rebeldía hasta la dictación de la sentencia, en contra de la cual la demandante dedujo recurso de apelación. Segundo: Que el recurrente solicita en su recurso -de acuerdo a la parte petitoria- se enmiende la sentencia en el sentido que señale que:” I.- Se ordena modificar el título de aprovechamiento de aguas inscritas a fojas 299 número 370 del Registro de Propiedad de Aguas del años 2017 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, mediante la subinscripción al margen que dichos derechos de aprovechamiento de aguas son de naturaleza superficial y corriente, de ejercicio permanente y consuntivo, consistentes en 25 litros por segundo del Estero Chimbarongo, equivalentes a 16,129 acciones de la Junta de Vigilancia del Estero Chimbarongo, las que se captan mecánicamente desde el punto de coordenadas UTM Norte 6.157.842 metros y Este 297.714 metros, huso 19, WGS 84, provincia de Colchagua, región de O’Higgins; y en 75 litros por segundo del Estero Trucalemu, los que se captan gravitacionalmente a través de la bocatoma del Canal San Luis, ubicado en la provincia de Colchagua, región de O’Higgins.”. Tercero: Que se hace necesario consignar que la demandada en autos, la Dirección General de Aguas, es un servicio público que ejerce distintas funciones relacionadas con la planificación del desarrollo del recurso en las fuentes naturales y de gestión para evitar el agotamiento de los acuíferos, de investigación y control de los recursos hídricos tanto en lo que dice relación con su calidad como de su cantidad para la debida protección y conservación de las aguas, así como también ejercer la policía y vigilancia de las aguas en los cauces naturales de uso público y acuíferos, impidiendo denunciando o sancionando la afectación a la cantidad y la calidad de estas aguas, debiendo entre otras cosas, supervigilar el f
Fallo
fallo impugnado en los términos que indica. Concedido el recurso y elevado ante esta Corte, se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos Séptimo al Vigésimo, ambos inclusive, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, en este proceso, mediante la interposición de una acción contenciosa seguida bajo el procedimiento sumario, el demandante Scotiabank Chile S.A. ha solicitado la declaración del perfeccionamiento de los derechos de aprovechamiento de aguas inscritos a fojas 299 número 370 del Registro de Propiedad de Aguas del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, que corresponden de acuerdo al título de dominio a: “Derechos de agua que riegan el Fundo La Palma o Los Culenes, provienen del Estero Chimbarongo, que la ubicación de la Bocatoma es a una y media cuadra m/m del camino público de Nancagua a Auquinco Provincia de Colchagua, que el volumen de agua que aprovecha es de 25 litros por segundo y 75 litros por segundo del Estero Trucalemu para el riego de 72 ½ hectáreas del Fundo Los Culenes.”, demandando a la Dirección General de Aguas (DGA), organismo que no compareció durante la primera instancia por lo que se siguió el procedimiento en su rebeldía hasta la dictación de la sentencia, en contra de la cual la demandante dedujo recurso de apelación. Segundo: Que el recurrente solicita en su recurso -de acuerdo a la parte petitoria- se enmiende la
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Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Se ha elevado esta causa Rol C-3873-2022 del 19º Juzgado Civil de Santiago que corresponde al Ingreso Corte N°5708-2023, para conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante Scotiabank Chile S.A. en contra de la sentencia de dieciséis de febrero de dos mil veintitrés, que acogió la demanda deducida en contra
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