FACTORING SECURITY S.A./TECNORED S.A.
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2025
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo duodécimo. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, la acción de cobro de pesos ejercida por la actora, sustanciada conforme al procedimiento ordinario, de naturaleza declarativa, impone a la demandante la carga de probar, en primer lugar, y como fundamento del derecho que invoca, el acto jurídico base de la obligación y, enseguida, la obligación misma, es decir, el precio y la compraventa; requisito que, en principio, no le sería exigible si hubiera reconducido su acción por la vía ejecutiva, atendida la naturaleza del título -copia de factura electrónica cedible- que, a los efectos del procedimiento elegido por la actora, es sólo una prueba documental de la obligación cuyo cumplimiento demanda. SEGUNDO: Que, establecido lo anterior, y siendo el objeto principal de la litis, tal como lo estableció la juez de primera instancia al fijar los hechos de prueba, el monto y orígen de la deuda, esto es, la obligación y su fuente, son éstas y no el título, el objeto de la litis. TERCERO: Que, sin perjuicio de lo anterior, el título es relevante por dos aspectos; primero, porque constituye prueba sobre la existencia de la obligación, y enseguida, porque su titularidad legitima a la actora para demandar su cobro, en la medida que acredite además, según el hecho fijado como pertinente, sustancial y controvertido, el orígen de la deuda, esto es, la fuente de la obligación, que no es otra que el contrato de compraventa. CUARTO: Que, la actora, al haber demandado el cumplimiento de una obligación causada, sumado a la circunstancia de haber adquirido su derecho por cesión realizada el mismo día de la emisión de la factura, ha quedado sujeta al estatuto personal de la obligación y su fuente. QUINTO: Que, la demandada, en su contestación, refiere la existencia de un contrato de compraventa que sería la fuente de la obligación de pagar el precio, probado éste último con la factura acompa
Fallo
fallo en alzada y declarar que se niega lugar a la demanda de cobro de pesos, por no haberse demostrado sus fundamentos. Redacción a cargo del abogado integrante Señor Álvaro Pavez y la disidencia, de su autora. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1292-2024.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo duodécimo. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, la acción de cobro de pesos ejercida por la actora, sustanciada conforme al procedimiento ordinario, de naturaleza declarativa, impone a la demandante la carga de probar,
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