SIN INFORMACION

POO/SCOTIABANK CHILE S.A

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Carlos Gustavo Carvallo Migliaro, abogado, en representación de don Felipe Esteban Poo Salinas, interponiendo recurso de protección en contra del Banco Scotiabank Chile, por haber negado injustificadamente la recepción de pagos del crédito hipotecario del recurrente, bloqueado su sistema informático para tal efecto y condicionado el cese de dicha conducta a la renegociación de otras obligaciones. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que carece de un sustrato racional, infringe el artículo 1545 del Código Civil al impedir el cumplimiento de un contrato válidamente celebrado, e impone una coerción sin amparo legal ni judicial, vulnerando con ello los derechos fundamentales de igualdad ante la ley, igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el derecho de propiedad, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección al afectado. Expone que Felipe Esteban Poo Salinas mantiene un contrato de mutuo hipotecario vigente con el Banco Scotiabank Chile, correspondiente a la operación número 0710049840191, por una suma total de 5.680,82940 UF, con un saldo restante de 3.774,26430 UF al 11 de agosto de 2025. Señala que el dividendo mensual asciende a 36,97760 UF y que, hasta la fecha indicada, 106 de 240 dividendos estaban pagados, sin registro de dividendos impagos. Argumenta que desde la suscripción del contrato, los pagos se realizaron sin inconvenientes, principalmente a través de la página web del banco. No obstante, a partir del dividendo N° 107, cuyo vencimiento era el 11 de agosto de 2025, comenzó a tener problemas para efectuar el pago, puesto que la página web de la recurrida lo denegó por bloqueo de la cuenta. Afirma que, al concurrir personalmente a la sucursal de Viña del Mar, también se le negó recibir el pago, aduciendo la existencia de otras deudas con el banco. Frente a esta situación, el recurrente remitió correos electrónicos a su ejecutivo del Banco Scotiabank, don Jhonny Hinestroza, los días 8 y 10 de agosto de 2025, informando la problemática. Refiere que el ejecutivo respondió que el pago del crédito hipotecario no era posible debido a que se encontraba en cobranza judicial por otros productos que tenía con el banco, y que la situación solo se regularizaría si renegociaba. En respuesta, el mandante contestó informando haber realizado un pago en la cuenta de normalización N° 890012301974 por $1.447.898, correspondiente al dividendo N° 107 del crédito hipotecario N° 0710049840191, y por $311.551, correspondiente a la cuota N° 25 del crédito de consumo renegociado, operación número 7-1013-94670-03. Sin embargo, acusa que la recurrida ha impedido unilateralmente a su representado pagar los dividendos asociados al crédito hipotecario, haciéndolo incurrir en morosidad y cobrándole intereses penales diarios por un pago que la

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, declarando que se le ordene a la recurrida recibir cualquier pago que quiera efectuar el recurrente en abono a la deuda pendiente vinculada al contrato de compraventa, mutuo e hipoteca de fecha 11 de julio de 2016; se le ordene a la recurrida permitir y facilitar el pago, bajo cualquier modalidad, de los dividendos del crédito hipotecario en que el actor es deudor, en específico, desde el N° 108 y siguientes, desbloqueándolo de su sistema informático de la operación N° 0710049840191 y N° 710139467003; que dichos pagos de dividendos deben ser exentos de los intereses moratorios respecto del periodo en que, unilateralmente, impidió su pago; que los depósitos efectuados en la cuenta de normalización del Banco Scotiabank Chile número 890012301974 de fecha 11 de agosto de 2025 por la suma de $1.447.898 se imputen al pago del dividendo número 107 de la operación número 0710049840191 y el depósito en la cuenta antes referida de igual fecha por la suma de $311.551 se impute al pago de la cuota número 25 de la operación número 710139467003; cualquier otra medida que considere esta Iltma. Corte atingente al caso con el objeto de restablecer el imperio del derecho; con costas. Segundo: Que, informando la parte recurrida, Scotiabank Chile, por medio de su abogado don Gustavo Jullian Matta, solicita el rechazo del recurso de protección deducido en su contra, con expresa condena en costas. Sostiene que Scotiabank

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Proveyendo a los escritos folios 16, 17 y 18: a todo, téngase presente. Visto y considerando: Primero: Que comparece Carlos Gustavo Carvallo Migliaro, abogado, en representación de don Felipe Esteban Poo Salinas, interponiendo recurso de protección en contra del Banco Scotiabank Chile, por haber negado injustificadamente

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