JILMER ALAYO INFANTES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mario Andrés González Farías, abogado, en representación de Jilmer Alayo Infantes, peruano, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la amenaza de expulsión en su contra, dispuesta a través de la Resolución Exenta Nº25401196 de 28 de julio de 2025, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto. Expone que su representado vive hace más de 15 años en Chile en virtud de un permiso de residencia definitiva entregada el 26 de julio de 2012, sin embargo, cuando realizó los trámites para renovar su cédula de identidad se enteró de la resolución objeto del recurso, a través de la cual se ordenó su expulsión en atención a que registraría un ingreso irregular al país. Agrega que actualmente tiene dos hijos chilenos, de 6 y 3 años, por lo que de aplicarse la medida de expulsión se provocaría un daño a su grupo familiar, agregando que cuenta con un contrato de trabajo y pago de cotizaciones de seguridad social. Pide que se acoja el presente recurso en los términos expuestos. Segundo: Que Polly Ureta Aburto, jefa de la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana informa que el recurrente registra una orden de expulsión del territorio nacional, producto de la Resolución Exenta Nº25401196 de 28 de julio de 2025. Asimismo, registra una salida del territorio nacional por el paso fronterizo “paso Colchane” de 8 de enero de 2020 sin que registre un ingreso posterior a nuestro país. Tercero: Que Sarai Estrada González, en representación del Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo del presente arbitrio, refiriendo que el extranjero, mediante Parte Policial Nº3186 del Departamento de Policía Internacional de 16 de abril de 2024, registra un
Fundamentos
fundamentos de la decisión adoptada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el presente recurso de amparo por haberse ya emitido pronunciamiento de la presente acción constitucional deducida en favor de Jilmer Alayo Infantes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°1521-2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio 11 y 12: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mario Andrés González Farías, abogado, en representación de Jilmer Alayo Infantes, peruano, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Serv
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