C.A. de Santiago

GONZÁLEZ/INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE

Rol

13195-2023

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos sexto a noveno, los que se eliminan. Y se tiene, en su lugar, presente: Primero: Que no el acto cuya ilegalidad y arbitrariedad se discute en autos, consiste en la Resolución Exenta RA N° 857/415/2022 de fecha 04 de mayo de 2022 dictada por la Instituto Nacional de Deportes, por medio del cual se dispuso el término anticipado de la contrata del actor, por no ser necesarios sus servicios. Segundo: Que, como todo acto administrativo, la resolución que por esta vía se impugna debe cumplir con el deber de fundamentación establecido en el artículo 11 de la Ley N° 19.880, permitiendo su debida inteligencia. Tercero: Que, de esta forma, apreciándose de la resolución impugnada que esta no contiene mayor fundamento que el ya referido, deviene en ilegal por contravenir la exigencia de fundamentación exigida por los artículos 11 y 41 de la Ley N° 19.880 y, por la misma razón, se torna arbitraria, al quedar desprovista de motivación, vulnerándose la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad del actor sobre sus remuneraciones, garantizados en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de dieciséis de enero del año en curso, y en su lugar se declara que, se acoge el recurso de protección, debiendo proceder la recurrida al pago al actor de todas las remuneraciones y estipendios que se hayan devengado mientras permaneció separado del servicio, hasta el 31 de diciembre del año 2022, Acordada con el voto en contra del Ministro (s) señor Gómez, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 13.195-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos sexto a noveno, los que se eliminan. Y se tiene, en su lugar, presente: Primero: Que no el acto cuya ilegalidad y arbitrariedad se discute en autos, consiste en la Resolución Exenta RA N° 857/415/2022 de fecha 04 de mayo de 2022 dictada por la Instituto Nacional de

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