CATRILEO VALDERRAMA ALBINA/UNDECIMA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Damián Carter Mueller, abogado, quien deduce acción de amparo en favor de Albina Catrileo Valderrama, en contra de los integrantes de la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, esto es, Miguel Eduardo Vásquez Plaza, Manuel Esteban Rodríguez Vega y el abogado integrante Nicolás Antoine Stitchkin López, por el acto que considera ilegal consistente en haber confirmado, con fecha 27 de octubre de 2025, la resolución del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago de 26 de agosto de 2025, que rechazó la excepción de prescripción de la acción penal en las causas RIT O-12509-2018 (RUC 1810031506-4) y RIT O-1982-2019 (RUC 1910005523-9), lo que estima vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que la amparada se encuentra sometida a persecución penal por hechos ocurridos el 2 de enero y el 16 de mayo, ambos de 2018, tratándose de simples delitos cuya acción penal prescribe en cinco años conforme al artículo 94 del Código Penal. Señala que dichos plazos vencieron el 2 de enero y el 16 de mayo, ambos de 2023, respectivamente. Indica que la formalización de la investigación, único acto con aptitud para suspender la prescripción, se verificó recién el 12 de julio de 2025, más de dos años después de extinguida la acción penal por el solo ministerio de la ley. Sostiene que tanto el Séptimo Juzgado de Garantía como la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago efectuaron una interpretación extensiva e ilegal del artículo 96 del Código Penal, atribuyendo efectos suspensivos a la querella, a la solicitud de formalización, a las órdenes de detención, a la declaración de rebeldía y al sobreseimiento temporal, pese a que tales actuaciones no tienen reconocimiento normativo como hitos suspensivos. Alega que ello infringe el principio de legalidad penal, el debido proceso y la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema, además de desc
Fundamentos
considerando además que se trata de una resolución confirmatoria de la de primer grado, motivo por el cual no existe alguna actuación ilegal. Séptimo: Que solo resta indicar que la acción de amparo, de naturaleza cautelar, no constituye una tercera instancia para apreciar nuevamente el mérito, conveniencia u oportunidad de resoluciones judiciales dictadas por tribunal competente.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Albina Catrileo Valderrama. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N.º Amparo-1453-2025.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°20: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Damián Carter Mueller, abogado, quien deduce acción de amparo en favor de Albina Catrileo Valderrama, en contra de los integrantes de la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, esto es, Miguel Eduardo Vásquez Plaza, Manuel Esteban
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