LOPEZ/SERVICIO DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Joseph Stalin López Rodríguez, ecuatoriano, domiciliado en Barros Nº151, comuna de Melipilla, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, ambos con domicilio en San Antonio Nº580, comuna de Santiago por la omisión en el pronunciamiento de la resolución que prosiga la tramitación de su solicitud de nacionalización. Indica que el recurrente solicitó su nacionalización el 24 de septiembre de 2022 y que, habiendo transcurrido más de 3 años desde que formuló su petición, no ha habido una tramitación del procedimiento, a fin de que se emita pronunciamiento respecto de la misma. Sostiene que las recurridas han vulnerado el principio de celeridad establecido en los artículos 7 y 27 de la Ley 19.880, lo que es ilegal y arbitrario y conculca su derecho a la igualdad ante la ley. Solicita que se ordene a las recurridas se pronuncien sobre la solicitud de nacionalización, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que efectivamente el recurrente solicitó su nacionalización el 24 de septiembre de 2022, pero el 16 de mayo de 2023 se le informó que su petición se encontraba incompleta, otorgándosele un plazo de 60 días hábiles para subsanar la falta y acompañar toda la documentación requerida, acción que no realizó. Agrega que, producto de lo anterior, se dictó Resolución Exenta Nº23306228 de 10 de agosto de 2023 por medio de la cual se declaró al recurrente desistido de su solicitud de nacionalización. Finalmente refiere que del modo antes expuesto, el presente recurso ha perdido oportunidad. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales constituye una acción constitucional de urgencia destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos constitucionales que se enumeran en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, mediant
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, el recurso de protección deducido a favor de Joseph Stalin López Rodríguez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2911-2025- Protección
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San Miguel, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Joseph Stalin López Rodríguez, ecuatoriano, domiciliado en Barros Nº151, comuna de Melipilla, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, ambos con domicilio en San
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