SIN INFORMACION

GARCÍA/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Raúl Antonio García Álvarez, cédula de identidad N°16.134.824, con domicilio en pasaje El Niquel N° 8034 de Antofagasta, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por haber efectuado descuentos unilaterales en su remuneración correspondiente al mes de septiembre de 2025,

Fundamentos

considerando que dicha actuación es ilegal y arbitraria, por vulnerar el derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, solicitando que la recurrida desista de los descuentos por planilla sobre su remuneración mensual, y devuelva los dineros descontados con motivos del crédito que señala, con costas. Informa la recurrida, al tenor de la acción cautelar interpuesta en su contra. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su recurso señalando que solicitó un crédito con fecha 3 de diciembre de 2024, por la suma de $4.564.950, por capital, más los intereses correspondientes, pagaderos en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $134.916. Hace presente que al verificar su liquidación del mes de septiembre de 2025 se percata que el sueldo líquido a recibir era considerablemente inferior a meses anteriores y al analizar el detalle de esta, constata que existía un descuento a favor de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes por la suma total de $207.286 desde septiembre. Explica que por ello solicitó tanto a su empleador y a la recurrida que los descuentos no se realicen de forma automática en su liquidación de sueldo, quienes que le señalaron que esto no es posible. Destaca que el presente recurso se funda principalmente en que ese descuento automático realizado por la recurrida en su remuneración correspondiente al mes de septiembre de 2025 es un acto arbitrario e ilegal que provoca una privación y perturbación en el derecho de propiedad de su parte sobre la remuneración que le corresponde percibir, pues jamás fue informado por algún medio respecto de dicha decisión unilateral, de realizar descuentos sobre sus remuneraciones. Sostiene que el actuar de la recurrida vulnera claramente el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, norma que reproduce, añadiendo que refuerza lo señalado, el artículo 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos, cuyos incisos 1 y 2 también reproduce, añadiendo que la Ley N°18.833, que establece un estatuto general de Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en su artículo 21 inciso 1° señala: “Las Cajas de Compensación podrán establecer un régimen de prestaciones de crédito social consistente en préstamos de dinero y que estará regida por un reglamento especial”, mientras que la misma ley en su artículo 22 establece: “Lo adeudado por prestaciones de crédito social a una Caja de Compensación por un trabajador afiliado deberá ser deducido de la remuneración por la entidad empleadora afiliada, retenido y remesado a la Caja acreedora, y se regirá por las mismas normas de pago y de cobro que las cotizaciones previsionales.” Indica que practicada la deducción al trabajador, se entenderá extinguida a su respecto y de sus codeudores la parte correspondiente de la deuda, desde la fecha en que ella hubi

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por don Raúl Antonio García Álvarez, en contra la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 1903-2025 (Protección) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece Raúl Antonio García Álvarez, cédula de identidad N°16.134.824, con domicilio en pasaje El Niquel N° 8034 de Antofagasta, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por haber efectuado descuentos unilaterales en su remuneración correspondiente al mes d

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