SIN INFORMACION

GARATE/EDIFICIO BRISAS DEL NORTE

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DESESTIMADO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de doña Carolina Evelyn Gárate Vivanco, cédula nacional de identidad N°12.608.211-8, domiciliada en oficina Anita N°115 Torre 6 Depto. 305 de Antofagasta. quien deduce recurso de protección en contra de Edificio Brisas del Norte, domiciliado en Benito Ocampo N°11640 de Antofagasta, solicitando que se reponga el suministro eléctrico. Informó la recurrida Condominio Brisas del Norte, solicitando el rechazo de la acción cautelar. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente indica que el jueves 8 de mayo se enteró que el dueño del departamento mantiene una deuda de gastos comunes anterior al tiempo en que ella está arrendando ya que, debe enero, febrero y marzo por un total de $166.599, siendo la recurrente arrendataria desde el 31 de marzo de 2025, añadiendo que es madre de dos hijas, una de 16 años quien es electrodependiente, pues, padece lupus, por lo que presenta asma y apneas del sueño, debiendo utilizar un aparato para poder respirar, ya que durante las apneas no respira. Añade que su otra hija tiene 20 años y padece diabetes mellitus tipo 1, lo cual la convierte en insulina dependiente y sin el suministro eléctrico ni el respirador de su hija menor ni el refrigerador donde se mantiene la insulina de la mayor funcionan, lo que indicó al administrador del edificio quien cortaría el suministro el jueves 8 de mayo, salvo que se abonara la deuda. Agrega que, por el bienestar de sus hijas, la actora abonó $66.000 a los gastos comunes, pero con posterioridad al ello, el viernes 9 de mayo le cortaron el suministro eléctrico, indicándose que el dueño dejó estipulado que los pagos de gastos comunes solo se harían desde su cuenta. Añade que su hija requiere dietas específicas las que se cumplen por la falta de luz, agregando que el dueño del departamento cortó, además, el agua sin autorización y desde conserjería no le proporcionan información. Termina solicitando se reponga el suministro eléctrico. SEGUNDO: Que el abogado Nicolás Carvajal Díaz, en representación del recurrido Condominio Brisas del Norte, evacuando el informe pidió el rechazo de la acción constitucional. Refiere que el acto reclamado corresponde a la suspensión del suministro eléctrico de la unidad Departamento 305, Torre 6 (T6-305) del condominio Brisas del Norte, motivada por una deuda de gastos comunes acumulada, que al momento del aviso de corte de suministro, superaba los tres meses de morosidad, lo que, faculta al Condominio, según la Ley vigente, a aplicar la sanción de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Art. 5° Ley 19.537 / Art. 9° Ley 21.442), relativa al corte de suministro eléctrico por morosidad en gastos comunes. Añade que a pesar de que la suspensión fue anunciada (jueves 8 de mayo de 2025) la administración del Condominio, al tomar conocimiento de la situación médica de la madre de la recurrente, procedió a restablecer el suministro de forma inmediata o no llegó a materializar un corte efectivo que vulnerara los derechos de doña Carolina Evelyn Garate Vivanco y su familia, por lo que el acto ilegal o arbitrario que se acusa jamás se concretó de manera permanente o vulneratoria de derechos. Asevera que a la fecha el presente recurso de protección ha perdido toda finalidad y objeto, porque la recurrente, doña Carolina Evelyn Garate Vivanco, hizo abandono del departamento (T6-305) con fecha 19 de junio de 2025, debido a desavenencias con el propietario del inmueble, por lo que la unidad T6-305 a

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, SE DESESTIMA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Carolina Evelyn Gárate Vivanco, en contra del Condominio Brisas del Norte. Regístrese y comuníquese. Rol 862-2025 (Protección) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de doña Carolina Evelyn Gárate Vivanco, cédula nacional de identidad N°12.608.211-8, domiciliada en oficina Anita N°115 Torre 6 Depto. 305 de Antofagasta. quien deduce recurso de protección en contra de Edificio Brisas del Norte, domiciliado en Benito Ocampo N°11640 de Antofagasta, solicitando que se reponga e

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