SIN INFORMACION

CARRASCO/CARRASCO

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 03 de febrero de 2025, comparece don Mauricio Arturo Hipp Werner, en nombre de doña Yasna Andrea Carrasco Ramírez, con quien tiene un hijo en común, quien deduce acción constitucional de protección en contra de doña Claudia Macarena Isabel Carrasco Vega. Señala que el acto que estima ilegal y arbitrario consiste en el uso exclusivo de una propiedad de la cual la recurrente es legítima heredera, impidiendo su acceso y disfrute, lo que, a su juicio, vulnera las garantías consagradas en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, y afecta el interés superior del niño. Menciona como antecedentes de su recurso que la recurrida, es hermana de doña Yasna Carrasco y ha tomado posesión exclusiva del bien raíz, permitiendo que terceros ajenos a los herederos hagan uso de sus instalaciones recreativas con total exclusividad, lo que ha impedido a la recurrente y a su hijo en común acceder al inmueble. Precisa que, en un evento concreto ocurrido el 25 de enero de 2025, el cuidador de la recurrida le negó el ingreso a la propiedad, mientras en su interior se encontraban aproximadamente 10 personas. Esta exclusión, expone, priva al niño de un espacio de esparcimiento fundamental para su desarrollo, especialmente en la época estival. Cita, para respaldar su acción, las normas contenidas en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, el principio del interés superior del niño reconocido en la Convención de los Derechos del Niño, y el Auto Acordado sobre el Recurso de Protección. Pide en definitiva que se acoja el recurso, que se ordene a la recurrida cesar el uso exclusivo de la propiedad y que se disponga el acceso igualitario de todos los herederos al inmueble, en tanto no se resuelva la partición de la herencia. Segundo: Que, notificada la parte recurrida de la presente acción, ésta no evacuó el informe requerido por lo que se prescinde del mismo. Tercero: Que, el recurso de protecc

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA la acción de protección interpuesta en favor de doña Yasna Andrea Carrasco Ramírez, y en contra de doña Claudia Macarena Isabel Carrasco Vega. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la abogada integrante M. Fernanda Vásquez Palma. Rol N° 2250-2025. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Guillermo de la Barra Dünner, e integrada, además, por la ministra (S) señora Paula Rodríguez Fondón y la abogado integrante señora María Fernández Vásquez Palma.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 19: estese al mérito de autos. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 03 de febrero de 2025, comparece don Mauricio Arturo Hipp Werner, en nombre de doña Yasna Andrea Carrasco Ramírez, con quien tiene un hijo en común, quien deduce acción constitucional de protección en contra de doña Claudia

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