SIN INFORMACION

GOMEZ CORNEJO BRYAN ANDRES / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Valentina Lorca Núñez, abogada, en favor de Bryan Andrés Gómez Cornejo, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Educación y Trabajo Metropolitano y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal en la dictación de la resolución que no accedió al beneficio de libertad condicional solicitada para el segundo semestre del año en curso. Expone que el amparado cumple dos condenas. La primera de 5 años y 1 un día de presidio mayor en su grado mínimo y otra de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado, por delitos de robo con violencia e intimidación y robo con intimidación. Inició su cumplimiento el 2 de julio de 2020 y tiene previsto su término para el 7 de octubre de 2027, cumpliendo el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional el 6 de febrero de 2025. Asimismo, afirma, mantiene más de 6 bimestres de conducta calificada como “muy buena”. Sostiene que, cumpliéndose los requisitos objetivos para acceder al beneficio de libertad condicional, la recurrida desestimó su concesión, pese a los avances que registra el amparado. Entre ellos, destaca que su riesgo de reincidencia pasó de muy alto a medio, sin registrar faltas al régimen penitenciario, ni durante el uso de los beneficios intrapenitenciarios que mantiene. Asimismo, ha participado en talleres de oficios, a saber, envasado de sacos y mueblería, así como otros talleres orientados a su proceso de reinserción como, por ejemplo, dilemas morales, habilidades de comunicación efectiva, control de impulsos, razonamiento crítico e identidad delictual. Destaca también que goza de beneficios de salida dominical desde el 4 de mayo de 2025 y de fin de semana desde 8 de agosto del mismo año. En el mismo sentido, cuenta con una red de apoyo familiar, compuesta por su pareja desde hace 6 años, con quien tiene una hija en común y dos hijos de ésta con quienes v

Fundamentos

motivos previos puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. Octavo: Que, como corolario, en concepto de esta Corte, la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Bryan Andrés Gómez Cornejo y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. Rol Nro. 4505-2025 (Amparo)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Valentina Lorca Núñez, abogada, en favor de Bryan Andrés Gómez Cornejo, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Educación y Trabajo Metropolitano y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido é

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