MP C/ MARCELO ANDRES REYES ARAYA
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y oídos los intervinientes. Atendido el mérito de los antecedentes, número y gravedad de los hechos penales investigados, la existencia de marco rígido impuesto por la Ley de control de armas y las circunstancias de tratarse de un delito flagrante, todo lo cual permite estimar que no existen nuevos antecedentes que hagan variar sustancialmente las motivaciones que se tuvieron presente para decretar la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veintiuno de noviembre del año en curso inserta en la carpeta virtual RIT O-9304-2025, del Juzgado de Garantía de Talca, que revocó la medida cautelar de prisión preventiva que agravaba al imputado don Marcelo Andrés Reyes Araya, manteniéndose la misma. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Leonardo Mazzei Parodi, quien fue del parecer de confirmar la resolución apelada, por sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1754-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintidós de noviembre de dos mil veinticinco. Visto y oídos los intervinientes. Atendido el mérito de los antecedentes, número y gravedad de los hechos penales investigados, la existencia de marco rígido impuesto por la Ley de control de armas y las circunstancias de tratarse de un delito flagrante, todo lo cual permite estimar que no existen nuevos antecedentes que hagan v
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