MP /DENISSE SCARLETH DÍAZ SEPÚLVEDA
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo especialmente presente que respecto del presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código de Procesal Penal existen elementos suficientes que justifican la existencia del delito, sin embargo en cuanto a la letra b) de la norma en comento, salvo algunos indicios y el hallazgo de la cédula de identidad de la imputada Díaz Sepúlveda en el domicilio allanado, no aparecen otros antecedentes que permitan alcanzar el estándar mínimo que exige la ley para imponer la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que, compartiendo además los
Fundamentos
fundamentos del juez de la instancia, procede confirmar la resolución en alzada. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 155, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de noviembre de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 748-2025, del Juzgado de Garantía de Rengo. Dese orden de libertad inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol I. Corte 1310-2025-Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veintidós de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo especialmente presente que respecto del presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código de Procesal Penal existen elementos suficientes que justifican la existencia del delito, sin embargo en cuanto a la letra b) de la norma en comento, salvo algunos i
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