BARRIOS VILLARROEL ROBERTO ANDRES/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valentina Lorca Núñez y deduce recurso de amparo en favor del condenando Roberto Andrés Barrios Villarroel y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la resolución de 28 de octubre de 2025 que rechazó la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, pidiendo que dicha resolución sea revocada y se ordene conceder el señalado beneficio. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Readaptación Manuel Rodríguez por 41 días, más 10 años y 1 día de presidio, que inició el cumplimiento de su condena el 10 de abril de 2016 y tiene fecha de término el 24 de enero de 2026. Señala que cumple con los requisitos para acceder al beneficio en comento, no obstante lo cual la Comisión rechazó su postulación porque la documentación de Gendarmería daría cuenta de factores de riesgo de reincidencia. Sostiene que el amparado presenta trastorno de déficit atencional y características del espectro autista, con dificultades para comunicarse fluidamente y comprender normas sociales implícitas, que ha participado en labores de aseo y mantención de áreas administrativas, adaptadas a su condición neurodivergente, participado en talleres de deporte, arte, cultura y recreación, además de contar con un plan de intervención individual desde el año 2021. Seguidamente se alega que Barrios Villarroel mantiene beneficios intrapenitenciarios de salida dominical vigente desde el 28 de septiembre de 2025 y tiene una red de apoyo conformada principalmente por su hermana menor y dos hijos con los que se relaciona de forma esporádica y que dentro del análisis global del proceso de reinserción ha mostrado un descenso en la probabilidad ante el riesgo de reiterar comportamientos delictivos. Considera de este modo, que la resolución recurrida es arbitraria e ilegal, afectando la libertad personal del amparado, sin tomar en consideración todos los elementos relevantes para de
Fundamentos
fundamentos que justifican la decisión que se reclama. En efecto, la Comisión de Libertad Condicional fundamentó su decisión de rechazar la solicitud de libertad condicional del amparado en que los aspectos contenidos en el informe de Gendarmería, confrontados con la evaluación psicosocial de la postulación del primer semestre de 2025, se mantienen prácticamente sin cambios, por lo que demuestra, por ahora, escasas posibilidades de reinsertarse en la sociedad e impiden tener por probados avances en su proceso. Octavo: Que del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Noveno: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto en favor de Roberto Andrés Barrios Villarroel y en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. Amparo N° 4452-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio 6; téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valentina Lorca Núñez y deduce recurso de amparo en favor del condenando Roberto Andrés Barrios Villarroel y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la resolución de 28 de octubre de 2025 que rechazó la p
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