SOLAR/I. MUN DE RIO CLARO
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que al folio 1, comparece don Alberto Alonso Solís González, abogado, en representación de la sociedad HXH Motors SpA, Rol Único Tributario N° 78.118.826-3, representada legalmente por don Cristóbal Eduardo Solar Yáñez, quien interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Municipalidad de Río Claro. Explica que, en enero de 2025, su representada adquirió el dominio del vehículo marca Audi, modelo A5 Cabrio 40 TFSI, placa patente única RRKF66-9, lo que consta en el certificado de inscripción y anotaciones vigentes del Registro Civil, el permiso de circulación 2022 fue pagado en la Municipalidad de Río Claro. Indica que conforme al art. 120 de la Ley de Tránsito, mientras no exista traslado de comuna, corresponde renovar el permiso en la misma municipalidad donde se efectuó el pago anterior. Por ese motivo en junio de 2025, al concurrir a la Municipalidad de Río Claro con el objeto de pagar el permiso de circulación 2025, funcionarios municipales informaron a su representada que no se le permitiría efectuar dicho pago mientras no se regularicen los permisos impagos correspondientes a los años 2023 y 2024, períodos en que su representada no era propietaria del vehículo. Posteriormente, mediante correos electrónicos oficiales, se reiteró la negativa. Refiere que la Municipalidad no ha iniciado procedimiento alguno de cobro respecto de los permisos 2023 y 2024, ni existe juicio ejecutivo ni notificación administrativa a mi representada por tales períodos. De este modo, el Municipio condiciona el cumplimiento de la obligación actual (2025) al pago de deudas ajenas, configurando un acto ilegal y arbitrario que impide a mi representada cumplir con la ley y ejercer su derecho de dominio sobre el vehículo. Precisa que el permiso de circulación es un tributo regulado en los artículos 120 y siguientes de la Ley de Tránsito, cuyo devengo corresponde al propietario vigente al 31 de marzo de cada año. Dicha normativa no establece que esta obligación se transforme en una carga real (propter rem), a diferencia de lo que ocurre con las contribuciones de bienes raíces o los gastos comunes de copropiedad. De esa manera estima que la exigencia de condicionar el pago de 2025 al pago de deudas de 2023 y 2024 carece de fundamento legal y vulnera el principio de legalidad tributaria (art. 19 N° 20 CPR) e implica una afectación del derecho de propiedad: Al impedirse el pago del permiso 2025, pues su representada se ve privada de usar y gozar de su vehículo, configurándose una restricción ilegítima a su derecho de dominio (art. 19 N° 24 CPR). Concluye solicitando se acoja el reclamo de ilegalidad municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Río Claro, y declarar que el acto municipal que impide el pago del permiso de circulación 2025 mientras no se cancelen los permisos de 2023 y 2024 es ilegal; ordenar que la Municipalidad permita a su representada pagar el permiso de circulación 2025 sin condicionamiento alguno, todo ello con costas. Se
Fallo
en mérito de lo expuesto, la negativa de la Municipalidad de Río Claro a otorgar el permiso de circulación del año 2025 mientras no se paguen los permisos adeudados de los años 2023 y 2024 se ajusta plenamente a derecho, encontrándose fundada en disposiciones legales expresas y precisas que obligan a dicha repartición a proceder de esa manera. Décimo cuarto: Que habiéndose rechazado íntegramente el reclamo deducido, procede condenar en costas a la parte reclamante, conforme a lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente en esta materia. Por estas consideraciones, compartiendo lo dictaminado por la Fiscalía Judicial y de conformidad a lo preceptuado en el artículo 151 de la Ley N°18.695, SE RECHAZA, con costas, el reclamo de ilegalidad deducido por don Alberto Alonso Solís González, en representación de la sociedad HXH Motors SpA, en contra de la Municipalidad de Río Claro. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 117-2025 Contencioso Administrativo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que al folio 1, comparece don Alberto Alonso Solís González, abogado, en representación de la sociedad HXH Motors SpA, Rol Único Tributario N° 78.118.826-3, representada legalmente por don Cristóbal Eduardo Solar Yáñez, quien interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Municipalidad de Río Claro
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