LIBERTY COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A/PROSEGUR CHILE S.A. - ( ACUM. I.C.6972-2025 Y 12247-2025) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que además de los medios directos de poner término al recurso de apelación, es posible que se genere el epilogo de éste por vía consecuencial, al operar alguna de las formas de poner fin al procedimiento en su totalidad. Dentro de estos medios indirectos de poner término a la apelación se encuentran el abandono del procedimiento, la transacción, el avenimiento, la conciliación, el desistimiento de la demanda en materia civil y el compromiso. Pues bien, pudiendo advertirse del mérito de los antecedentes que obran en la carpeta electrónica que con fecha 8 de septiembre del presente año, se celebró por las partes un avenimiento sobre la materia discutida, aprobado por el tribunal a quo, el que, como se sabe, constituye un equivalente jurisdiccional, resulta evidente entonces que la apelación que es objeto de conocimiento ahora por esta Corte, finalizó indirectamente a consecuencia de ello. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirman las resoluciones apeladas de fecha seis de julio de dos mil veintitrés, diecisiete de abril y cuatro de julio, ambas del presente año, dictada en los autos rol C-14.075-2022, seguidos ante el 16° Juzgado de Civil de esta ciudad. Devuélvase la competencia. N°Civil-12520-2023(acumulados Rol 6972-2025 y Rol 12.247.2025).
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirman las resoluciones apeladas de fecha seis de julio de dos mil veintitrés, diecisiete de abril y cuatro de julio, ambas del presente año, dictada en los autos rol C-14.075-2022, seguidos ante el 16° Juzgado de Civil de esta ciudad. Devuélvase la competencia. N°Civil-12520-2023(acumulados Rol 6972-2025 y Rol 12.247.2025).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que además de los medios directos de poner término al recurso de apelación, es posible que se genere el epilogo de éste por vía consecuencial, al operar alguna de las formas de poner fin al procedimiento en su totalidad. Dentro de estos medios indirectos de poner término a la apelación se encuent
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