SÁNCHEZ/JUZGADO DE LETRAS DE LOS LAGOS
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2.- Que los hechos expuestos por la recurrente no revisten el carácter de una vulneración de los derechos fundamentales que protege el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental, toda vez que se enmarcan en el ámbito de un asunto disciplinario. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Sin perjuicio pasen los antecedentes al Juez Presidente del Juzgado de Letras de Los Lagos. Comuníquese por la vía más expedita. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Al primer, segundo y tercer otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1035-2025. (dyd)
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Sin perjuicio pasen los antecedentes al Juez Presidente del Juzgado de Letras de Los Lagos. Comuníquese por la vía más expedita. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Al primer, segundo y tercer otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1035-2025. (dyd)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Resolviendo lo principal de la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativa
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