NN C/ ERIK DAVID RAMIREZ GUERRERO
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten, considerando en especial que el debate se ha centrado únicamente en la necesidad del cautela del imputado en los términos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, concurriendo la forma y circunstancias de comisión, el hecho de haber cometido el presente ilícito existiendo un proceso pendiente por el mismo delito, aunado a que se encuentra en situación irregular en nuestro país, lo que impide la certeza necesaria para que se encuentre vinculado a los actos de la causa.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 370 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha catorce de noviembre del año en curso, dictada en los autos RIT 15404-2025, seguidos ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, por la que se decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Erik David Ramírez Guerrero, por constituir su libertad un peligro de fuga. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal N°6144-2025 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro (I) señor Pablo Toledo González, conformada por la Ministra (S) Paola Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Nicolás Stitchkin López. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-6144-2025 Ruc: 2501624865-K Rit : O-15404-2025 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro (I) señor Pablo Toledo Gonzalez, la Ministra (S) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Nicolás Stitchkin López Relatora (S): Camila Esco
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