2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

RUBIÑO/VIP ASESORIAS Y SERVICIOS INTEGRALES SPA.

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2025

Materia

RECARGOS

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es ministro de fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado con costas, el recurso de nulidad deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de diez de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Atendida la comparecencia de la recurrida a la audiencia, se condena en costas a la recurrente y demandada de autos, regulándose las personales en la suma de $300.000 (trescientos mil pesos).- Póngase en conocimiento de las partes la regulación de costas personales que antecede, y téngase por aprobada, si no fuera objetada dentro de tercero día. Acordada la condenación en costas con el voto en contra de la fiscal judicial señora Javiera González quien fue del parecer de no imponer dicha carga procesal al recurrente por estimar que al recurrir ejerció un derecho. Regístrese y comuníquese. N° Laboral-Cobranza-3779-2024.

Fallo

se declara abandonado con costas, el recurso de nulidad deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de diez de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Atendida la comparecencia de la recurrida a la audiencia, se condena en costas a la recurrente y demandada de autos, regulándose las personales en la suma de $300.000 (trescientos mil pesos).- Póngase en conocimiento de las partes la regulación de costas personales que antecede, y téngase por aprobada, si no fuera objetada dentro de tercero día. Acordada la condenación en costas con el voto en contra de la fiscal judicial señora Javiera González quien fue del parecer de no imponer dicha carga procesal al recurrente por estimar que al recurrir ejerció un derecho. Regístrese y comuníquese. N° Laboral-Cobranza-3779-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio 7, téngase presente. Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es ministro de fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado con costas, el recurso de nulidad deducido por la parte demanda

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