10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/JASMINE AMELIA SÁEZ ABARCA, DILAN BASTIÁN GUERRERO SÁEZ Y CARLOS ENRIQUE ZELADA ABARCA. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2025

Materia

TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada a los delitos, carácter de los mismos, bienes jurídicos protegidos y la circunstancia de registrar, uno de ellos, Jasmine Amelia Sáez Abarca, antecedentes penales pretéritos por delitos de la misma especie, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veinte de noviembre del año en curso, dictada en los autos RIT 3067-2025, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago y, en su lugar, se declara que se decreta la prisión preventiva de Jasmine Amelia Sáez Abarca, Dilan Bastián Guerrero Sáez y Carlos Enrique Zelada Abarca. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 3852-2025 Penal

Fallo

se declara que se decreta la prisión preventiva de Jasmine Amelia Sáez Abarca, Dilan Bastián Guerrero Sáez y Carlos Enrique Zelada Abarca. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 3852-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 3852-2025 Penal Ruc: 2501655142-5 RIT: 3067-2025 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas y señora Alondra Castro Jiménez y abogado integrante señor Hugo Caneo Ormazábal Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Yélica

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