IBARRA/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo del Niño Jesús Silva Montes, en representación de Natalia Constanza Ibarra González, y deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido al aplicar descuentos en su remuneración de sueldo, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 24 del artículo 19. Expone que en el mes de diciembre de 2020 suscribió con la recurrida un contrato de mutuo de dinero, denominado “crédito social”, respecto del cual cayó en mora por causas ajenas a su voluntad. Sostiene que, pese a sus intentos de regularizar la situación, sólo se le ofreció repactar la deuda, lo que implicaría un incremento artificial de la misma. Alega que han transcurrido más de cinco años desde que cayó en mora sin que la Caja de Compensación haya efectuado gestión alguna tendiente a perseguir el cobro de la deuda. Sin embargo, aduce que, para su sorpresa, con fecha 30 de octubre de 2024 se le aplicó un descuento en su remuneración por un monto de $157.771 por concepto de crédito social mediante el sistema intercaja, lo que se reflejó en sus liquidaciones de sueldo de octubre y noviembre de 2024 y enero, febrero, abril y mayo de 2025, ascendiendo los descuentos a la suma total de $628.668. Alega que este actuar de la recurrida es antojadizo, ya que está reviviendo de manera unilateral el derecho que el artículo 22 de la Ley N° 18.833 le otorga a las Cajas de Compensación para cobrar oportunamente sus créditos. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema que ha acogido recursos en casos similares, declarando arbitrarias las acciones de Cajas de Compensación que, después de un extenso lapso sin cobro, retoman descuentos, vulnerando el derecho de propiedad sobre las remuneraciones. Segundo: Que evacúa informe la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana y señala que la
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección deducido por el abogado Rodrigo del Niño Jesús Silva Montes, en representación de Natalia Constanza Ibarra González, en contra de la Caja de Compensación de Los Andes, y a fin de restablecer el imperio del derecho se ordena a esta última cesar en el descuento de las cuotas del crédito garantizado con el pagaré N° 209CON100000137, lo que deberá informar por la vía más expedita a la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Comuníquese. Regístrese y archívese. No firma la ministra señora Marisol Rojas, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con permiso administrativo. Protección N°12.613-2025.
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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Rodrigo del Niño Jesús Silva Montes, en representación de Natalia Constanza Ibarra González, y deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido al aplicar
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