Jdo. de Letras del Trabajo de Talca

ASOC. CHILENA DE SEGURIDAD CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RIO CLARO

Rol

P-2717-2023

Fecha

27 de noviembre de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la presente causa RIT P-2717-202, RUC 23-3-0274969-8 seguida ante este tribunal, tiene su origen en demanda ejecutiva de cobranza previsional interpuesta con fecha 12 de octubre de 2023 por la parte ejecutante Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), entidad de previsión social, representada convencionalmente por la abogada María Teresa Barrios Guzmán, ambas con domicilio en calle Josué Smith Solar N° 360, Providencia, quien acciona de acuerdo al título ejecutivo consistente en resolución N° 118685 en contra de la parte ejecutada Municipalidad de Río Claro, entidad de derecho público, representada legalmente por su alcalde Américo Gustavo Guajardo Oyarce, se desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Casimiro Sepúlveda N° 1, Río Claro. En lo medular, da cuenta que el título ejecutivo mencionado, se emite acorde a las facultades que se le confieren al tenor del art. 19 del DL 3500 de 1980 en relación con el Art. 2° letra “a” de la Ley 17.322, por lo cual la ejecutante constituye una Mutualidad de empleadores que cubre los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales conforme las disposiciones de la Ley N° 16.744. Así, la ejecutada en calidad de empleadora, adeuda y debe pagar la suma de $2.346.372.- por cotizaciones previsionales morosas de los trabajadores individualizados en ellas y correspondientes al mes de abril de 2023. De acuerdo con la Ley 17.322 y la resolución señalada tienen mérito ejecutivo y a su monto debe agregarse el reajuste, el interés penal y el recargo que ordena el Art. 19, Inc. 8°, 9° y 10° del Decreto Ley 3.500. Por lo anterior, en mérito de lo expuesto, título acompañado, que resulta ser ejecutivo, líquido y actualmente exigible la obligación, no prescrita la acción y disposiciones legales invocadas; la parte ejecutante pide al tribunal tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Municipalidad de Rio Claro, representado por Americo Gustavo Guajardo Oyarce, ya

Fallo

en mérito de lo expuesto, título acompañado, que resulta ser ejecutivo, líquido y actualmente exigible la obligación, no prescrita la acción y disposiciones legales invocadas; la parte ejecutante pide al tribunal tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Municipalidad de Rio Claro, representado por Americo Gustavo Guajardo Oyarce, ya individualizado, acogerla en todas sus partes y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma $ 2.346.372.-, más los reajustes, intereses, recargos y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta el integro pago de lo adeudado, todo con costas. Segundo: Que, despachado el mandamiento de ejecución y embargo, así como el requerimiento de pago, de lo que se le notificó a la entidad ejecutada, esta con fecha 14 de noviembre de 2023 alega a través de su abogado José Joaquín Lagos León, la excepción de pago total de la deuda indicando que la supuesta deuda cobrada por la ACHS ascendente a la suma de $2.346.372.- fue y se encuentra pagada oportunamente, tal como se acredita con los documentos que se acompañan a un otrosí de su presentación. Por lo anterior, en mérito de lo expuesto, disposiciones legales citadas, como demás normas pertinentes, la parte ejecutada pide al tribunal acoger la excepción opuesta en todas sus Código: QZHTXJWPWKV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl partes, rechaza

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Talca, veintisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la presente causa RIT P-2717-202, RUC 23-3-0274969-8 seguida ante este tribunal, tiene su origen en demanda ejecutiva de cobranza previsional interpuesta con fecha 12 de octubre de 2023 por la parte ejecutante Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), entidad de previsión social, representada convenciona

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