DÍAZ/SANDOVAL
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, comparece Darwin Felipe Díaz Díaz, 38 años, ex Cabo 1° de Carabineros, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Dirección Nacional de Carabineros de Chile y de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, por haber declarado su imposibilidad física y dispuesto su posterior eliminación de las filas de la Institución por salud "no apta", mediante la Resolución (R) N°1615, de fecha 02 de junio de 2025, de la Comisión Médica Central. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que carece de motivación suficiente, no ponderó adecuadamente los certificados de alta médica emitidos por sus especialistas tratantes, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 números 16 y 24 de la Constitución Política de la República. Relata que mientras desarrollaba sus labores policiales, fue trasladado sin fundamento desde la ciudad de Ovalle a Copiapó, lo que le provocó disgregación familiar y problemas psicológicos, que derivaron en licencias médicas. Indica que, al finalizar su proceso terapéutico, se le notificó la Resolución Exenta (R) N°5063, de fecha 18 de enero de 2024, de la Comisión Médica de Carabineros de Chile, que declaró por unanimidad su imposibilidad física y propuso su retiro temporal por un "Episodio depresivo prolongado recurrente", de origen común, psiquiátrico, de pronóstico curable y no invalidante. Añade que posteriormente se le notificó la Resolución Exenta N°146, de fecha 12 de febrero de 2024, de la Prefectura de Carabineros Atacama, que dispuso su eliminación de las filas de la Institución a contar de esa misma fecha, por lo que interpuso recurso de reposición en contra de esta determinación aportando certificados médicos de alta emitidos por sus especialistas, pero la Comisión Médica Central resolvió, mediante Resolución Exenta (R) N°834, de fecha 15 de abril de 2024, mantener la declaración de imposibilidad física y la proposición de retiro temporal, argumentando que
Fundamentos
considerando que la referida Comisión Central, en uso de las facultades que la ley le otorga, determinó que la salud del recurrente no se encuentra apta para continuar ejerciendo funciones de Orden y Seguridad en Carabineros, tal determinación no puede calificarse como ilegal, ni tampoco como arbitrario, por cuanto de su sola lectura se aprecia que cumple con el deber de fundamentación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 41 de la Ley Nº19.880. En particular, el acto impugnado detalla los antecedentes médicos analizados, incluidos los aportados por el recurrente y en particular, tiene presente el Informe de Evaluación de Peritaje Psiquiátrico vía telemedicina N°124 de 1 de abril de 2025, emitido por la Dra. Macarena Reyes Araos, Asesora Psiquiátrica de la Comisión Médica Central, señalando como diagnóstico “Trastorno depresivo recurrente”, “Obs. Trastorno de personalidad Cluster B”, con pronostico malo, no siendo apto para el servicio. De lo referido es posible concluir que la resolución en análisis se basa en una serie de antecedentes que se tuvieron a la vista por la Comisión Médica, siendo dictada por quien tenía competencia para aquello, dentro de sus facultades legales y con la debida fundamentación, todo lo cual justifica el rechazo del presente recurso.
Fallo
se declara no apta la salud del suscrito. 4.- Certificados de alta médica Psiquiátrica, de fecha 29 de noviembre de 2024, emitidos por su médico psiquiatra tratante Dr. Patricio Larraín, y el certificado de alta psicológica, de fecha 04 de diciembre de 2024, emitido por su psicóloga tratante Massiel Muñoz Báez. 5.- Pantallazo de correo electrónico en el cual se le cita a reunión para reevaluación para el mismo día, y los pantallazos solicitando una nueva fecha de reevaluación. SEGUNDO: Que, al informar la Comisión Médica Central de Carabineros, expone los antecedentes del recurrente y señala que luego de autorizar 305 días de licencia médica tipo 1 entre el 13 de septiembre de 2022 y el 29 de diciembre de 2023, declaró la imposibilidad física del recurrente y propuso su retiro temporal, hasta que con fecha 12 de febrero de 2024 fue desvinculado por esta afectación, perdiendo desde esa fecha su calidad de empleado público. Luego, el año 2025, realizó una solicitud para reevaluación médica, la que tras un nuevo estudio de la capacidad tanto física como mental concluyó con la dictación de la resolución recurrida de 2 de junio de 2025 que reiteró la declaración de salud no apta. Argumenta que el asesor siquiátrico cumplió a cabalidad con los estándares requeridos efectuando un análisis de los informes siquiátricos que constan en la carpeta, un nuevo informe médico y una evaluación presencial, donde se aprecian elementos que sugieren un Trastorno de la personalidad emocionalmen
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticinco. Proveyendo el escrito folio 20: téngase presente. VISTOS: PRIMERO: Que, comparece Darwin Felipe Díaz Díaz, 38 años, ex Cabo 1° de Carabineros, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Dirección Nacional de Carabineros de Chile y de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, por haber declarado su imposibilidad
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