ABARCA NIELSEN TOMÁS/SCOTIABANK CHILE S.A
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Sonia Victoria Cáceres González, apoderada de Tomás Ignacio Abarca Nielsen, ejecutado en juicio de desposeimiento Rol C-5574-2023 seguido ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago, y deduce recurso de hecho contra la resolución de 29 de agosto de 2025 que declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto, a su vez, contra la resolución de 31 de julio del mismo año, que rechazó de plano el incidente de nulidad del primer llamado a remate, por estimar el tribunal que atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada no se configuraban los supuestos establecidos en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Indica que el 17 de junio del año en curso solicitó la nulidad del primer llamado por falta de embargo previo, incidente que fue rechazado de plano el 31 de julio y que contra esta resolución se interpuso reposición con apelación subsidiaria, siendo denegada la apelación, mediante resolución de 29 de agosto del año en curso, por estimar el tribunal. Argumenta que la resolución que rechazó el incidente de nulidad es apelable, pues altera la substanciación regular del juicio al facultar al acreedor continuar con la subasta, autorizando un segundo llamado con reducción del valor mínimo a los dos tercios del avalúo, pese a existir un vicio procesal en el primer llamado consistente en la ausencia de embargo previo del inmueble. Sostiene que conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil,aunque los autos y decretos no son apelables cuando ordenan trámites para la substanciación regular, sí lo son cuando alteran dicha substanciación. Por este motivo solicita acoger el recurso de hecho, declarar admisible la apelación subsidiaria y concederla en ambos efectos. Segundo: Que evacuó informe el Sexto Juzgado Civil de Santiago y señalando que mediante resolución de 29 de agosto de 2025 (folio 22 del cuaderno principal) no se dio curso al recurso de apelación subsidiario
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el apoderado de la parte ejecutada en los autos Rol C-5574-2023, sobre juicio de desposeimiento, seguidos ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y archívese. Civil N°14.910-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Sonia Victoria Cáceres González, apoderada de Tomás Ignacio Abarca Nielsen, ejecutado en juicio de desposeimiento Rol C-5574-2023 seguido ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago, y deduce recurso de hecho contra la resolución de 29 de agosto de 2025 que declaró inad
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