JUZGADO DE LETRAS DE LIMACHE

SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LA FORESTA LIMITADA/MIRANDA

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2025

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Vistos: A folio 81, los abogados Rodolfo Precht Mendoza y John Reid Echenique, en representación del demandado Mauricio del Tránsito Miranda Arancibia, deducen recurso de casación en la forma y en subsidio apelación, en contra de la sentencia de primera instancia que acoge parcialmente la demanda interpuesta por Sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Foresta Limitada, declarando resuelto el contrato de compraventa suscrito entre las partes el 14 de abril de 2015, ordenando la restitución material del inmueble objeto de autos y rechazando la solicitud de cancelación de inscripción de dominio y la indemnización de perjuicios pedida. Fundan su recurso en las causales del artículo 768 N°4 en relación con el artículo 160, y N°7 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido dada ultra petita, otorgando más de lo pedido por las partes o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del tribunal y en contener decisiones contradictorias. Solicitan se acoja el recurso, se invalide el fallo recurrido y, acto continuo y sin nueva vista, se proceda a dictar la sentencia que corresponda con arreglo a la Ley, la que necesariamente deberá rechazar la demanda en todas sus partes y condenar en costas al actor por ser totalmente vencido o no tener motivo plausible para litigar. En cuanto a la apelación deducida en subsidio, solicita se rechace íntegramente la demanda, con costas. A folio 9, se declaró admisible el recurso de casación en la forma y se ordenó traer los autos en relación para conocer de los recursos. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: I.-En cuanto al recurso de casación en la forma. Primero: Que la parte demandada solicita la nulidad de la sentencia pronunciada en estos antecedentes, por estimar que ella incurre en el vicio de ultra petita, circunstancia que se produce porque, según alega, la sentencia recurrida excede lo solicitado por el actor al ordenar la resolución de un contrato de compraventa que individualiza un inmueble distinto al señalado en la demanda, ya que existen incongruencias en las inscripciones conservatorias referidas en el libelo y las que constan en el contrato acompañado por la parte demandante. Agrega que la sentencia se extendió a puntos no sometidos a su decisión al ordenar la restitución de un inmueble respecto del cual el actor no acreditó dominio. Por último, alega que la sentencia contiene decisiones contradictorias al rechazar la cancelación de la inscripción de dominio y, al mismo tiempo, ordenar la restitución material del inmueble. Segundo: Que, en cuanto al perjuicio, sostiene que, de no haber incurrido el

Fallo

fallo recurrido y, acto continuo y sin nueva vista, se proceda a dictar la sentencia que corresponda con arreglo a la Ley, la que necesariamente deberá rechazar la demanda en todas sus partes y condenar en costas al actor por ser totalmente vencido o no tener motivo plausible para litigar. En cuanto a la apelación deducida en subsidio, solicita se rechace íntegramente la demanda, con costas. A folio 9, se declaró admisible el recurso de casación en la forma y se ordenó traer los autos en relación para conocer de los recursos. Con lo relacionado y considerando: I.-En cuanto al recurso de casación en la forma. Primero: Que la parte demandada solicita la nulidad de la sentencia pronunciada en estos antecedentes, por estimar que ella incurre en el vicio de ultra petita, circunstancia que se produce porque, según alega, la sentencia recurrida excede lo solicitado por el actor al ordenar la resolución de un contrato de compraventa que individualiza un inmueble distinto al señalado en la demanda, ya que existen incongruencias en las inscripciones conservatorias referidas en el libelo y las que constan en el contrato acompañado por la parte demandante. Agrega que la sentencia se extendió a puntos no sometidos a su decisión al ordenar la restitución de un inmueble respecto del cual el actor no acreditó dominio. Por último, alega que la sentencia contiene decisiones contradictorias al rechazar la cancelación de la inscripción de dominio y, al mismo tiempo, ordenar la restitución mat

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 81, los abogados Rodolfo Precht Mendoza y John Reid Echenique, en representación del demandado Mauricio del Tránsito Miranda Arancibia, deducen recurso de casación en la forma y en subsidio apelación, en contra de la sentencia de primera instancia que acoge parcialmente la demanda interpuesta por Sociedad In

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