PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./AGUILAR
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente la prueba producida en la causa, se estima que ésta no logra acreditar la existencia de dolo o culpa grave por parte de la demandada, particularmente, por no configurarse los indicios ligados a la presunción contenida en la letra h) del artículo 5 ter de la Ley 20.009, según razonó y concluyó el Señor Juez del grado; y conforme, además, con lo dispuesto en los artículos 14 y 32 de la Ley 18.287 y artículos 5 y 5 ter de la Ley 20.009, SE CONFIRMA, con costas del recurso, la sentencia definitiva en alzada de fecha veinte de agosto del año dos mil veinticinco, dictada por el Señor Juez Titular del Juzgado de Policía Local de Coyhaique, en cuanto por ella se rechazó íntegramente la acción deducida y condenó a la restitución de fondos en los términos que señala. Regístrese y devuélvase. Rol N° 43-2025 (Policía Local).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veinte de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente la prueba producida en la causa, se estima que ésta no logra acreditar la existencia de dolo o culpa grave por parte de la demandada, particularmente, por no configurarse los indicios ligados a la presunción contenida en la letra h) del artículo 5 ter de la Ley 20.009, según ra
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