INMOBILIARIA LIGURIA LTDA - GARCIA DOMINGUEZ FERNANDO - THOMSEN HEPP MARIANA - SALGADO PAMELA
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2025
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los
Fundamentos
fundamentos esgrimidos por el tribunal a quo y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de siete de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Policía Local de Huechuraba. Regístrese y devuélvase. N° 1350-2023 Policía Local
Texto Completo (Preview)
Alegó confirmando el abogado José Luis Herrera García, durante 5 minutos. Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 17: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los fundamentos esgrimidos por el tribunal a quo y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de siete de marzo de dos mil veintit
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