6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ YARITZA YESSENIA DURAND CORNEJO

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que del mérito de los antecedentes que se han puesto en conocimiento de esta Corte, se concluye que ciertamente no han variado sustancialmente las circunstancias que en su oportunidad motivaron al órgano jurisdiccional a sustentar la medida cautelar personal dispuesta en contra de la imputada Yaritza Yessenia Durand Cornejo en el peligro para la seguridad de la sociedad y para concluir que ella sólo puede ser resguardada eficientemente mediante su prisión preventiva. En efecto, el mérito de los antecedentes que obran en la carpeta investigativa son suficientes para justificar, por ahora, la concurrencia de todos los elementos del delito por el cual fue formalizada y la participación que en el correspondió a la encausada. El mero transcurso del tiempo en que ha permanecido privada de libertad -desde el 31 de julio de 2025-, y su condición de madre de un niño de aproximadamente un año y medio, no constituyen antecedentes nuevos, que no hayan sido ponderados previamente por el órgano jurisdiccional, y que sean relevantes para efectos de hacer variar lo decidido, teniendo en consideración: la naturaleza del delito que se investiga; la envergadura de la lesividad de este ilícito y de la sustancia ilícita encontrada en poder de la imputada -53,24 gramos de cocaína base-; el hecho de mantener una causa vigente por el mismo delito, sujeta a medidas cautelares que no tuvieron la capacidad de inhibirla de reiterar su conducta delictiva; la gravedad de la pena y forma de cumplimiento que arriesga; y la particularidad de que la perpetración de este tipo de ilícito es posible que sea llevada nuevamente a cabo, precisamente, en su domicilio. Así las cosas, no se encuentran suficientemente desvirtuados los antecedentes que anteriormente permitieron concluir que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, que sólo puede ser resguardada debidamente mediante su correspondiente prisión preventiva, no apareciendo idón

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha 18 de noviembre pasado, dictada en los autos RIT N° 4438-2025, por el 6° Juzgado de Garantía de esta ciudad, que sustituyó la medida cautelar actualmente dispuesta respecto de la imputada Yaritza Yessenia Durand Cornejo por las de arresto domiciliario nocturno, firma mensual y arraigo nacional; y en su lugar se declara que se mantiene su prisión preventiva. Devuélvase la competencia. Rol Corte: Penal-6094-2025 Ruc: 2500635864-3 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Novena Rol Corte: Penal-6094-2025 Ruc: 2500635864-3 Rit : O-4438-2025 Juzgado: 6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Daniel Eduardo Aravena Pérez y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relator:

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