12º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ PAZ BELÉN VEJAR FLORES. QTE: MARCELO ANTONIO ROJAS VALDEBENITO. TERCERISTA: NICOLÁS FERNANDO DEL CANTO HERRERA.

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2025

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y no reuniéndose, por ahora, elementos bastantes de convicción en orden a disponer el alzamiento de la medida precautoria decretada y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de junio del presente año, dictada en causa RIT 1801-2024 por el 12°Juzgado de Garantía de Santiago. Acordado con el voto en contra de la ministra Mera que estuvo por revocar la referida resolución y dejar sin efecto la medida de prohibición de celebrar actos y contratos en relación con lo dispuesto en los artículos 31 bis y ter del Código Penal, dado que si, de acuerdo a tales disposiciones, no es posible disponer el comiso en el caso de existir terceros de buena fé, no resulta necesario la mantención de la cautelar real. Devuélvase vía interconexión. N°2170-2025 Penal

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Fecha: diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 2170-2025 RIT:1801-2024 Ruc: 2410023273-8 Tribunal:12° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): M. Isabel Saavedra Reyes Imputado: Paz Belén Vejar Flores Querellante: Marcelo Antonio Rojas Valdebenito Tercerista: Nicolás Fernando Del Canto Herrera Tipo de Recurso: Apelación medida precautoria Escritos resueltos en

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