SIN INFORMACION

CABEDO PARDO JOSE MANUEL/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece Inti Valentín Orozco Alvear, abogado defensor penal particular, en representación de don José Manuel Cabedo Pardo, quien se encuentra actualmente privado de libertad en el CDP. Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por haber rechazado el beneficio de libertad condicional del amparado, pese a cumplir con los requisitos legales y reglamentarios, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se habría afectado su libertad personal, vulnerando con ello el derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Solicita, en definitiva, se acoja el presente recurso de amparo y, en su mérito, se ordene a la Comisión de Libertad Condicional restablecer el imperio del derecho, declarando la arbitrariedad e ilegalidad de la decisión, y el inmediato cese de la vulneración. Segundo: Que informando el presente recurso, doña Sandra Araya Naranjo, ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por resolución de 28 de octubre del presente año se resolvió por unanimidad, rechazar la concesión del beneficio. Concluye que la comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que del análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. Tercero: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en Formulario Consolidado de Postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno, de nacionalidad chilena, tiene 47 años de edad y fue calificado con bajo compromiso delictual. Se encuentra cumpliendo condena de 5 años y un día por el delito de tráfico ilícito de drogas, 3 años y un día por el delito de receptación, 540 días por el delito de violación de morada y 541 días por el delito de porte de municiones; iniciando su cumplimiento el 16 de abril de 2018 y su término está fijado para el 4 de abril de 2029, en tanto que el tiempo mínimo para optar a su libertad condicional lo alcanzó el 09 de agosto de 2025. Asimismo, consta que fue calificado con conducta muy buena en los seis últimos bimestres y que, a la fecha de la postulación, no registraba beneficios intrapenitenciarios. Del mismo modo, se adjuntó además el Informe de Postulación Psicosocial, en que se advierte que postulante es un interno de bajo compromiso delictual, y que arroja un riesgo alto de reincidencia. Se destaca que se observan características personales con potencial criminógeno, relacionadas con dificultades en resolución de deficientes habilidades de autocontrol. En cuanto a su conciencia del delito y del daño, se aprecia una tendencia a la justificación y minimización de sus conduc

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de José Manuel Cabedo Pardo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-4356-2025 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y la Abogada Integrante señora Soledad Krause Muñoz.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. Proveyendo el escrito folio 7: a sus antecedentes. Vistos y considerando: Primero: Que, comparece Inti Valentín Orozco Alvear, abogado defensor penal particular, en representación de don José Manuel Cabedo Pardo, quien se encuentra actualmente privado de libertad en el CDP. Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo en cont

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