MP.(SERGIO ORTEGA OBREGON).C/10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO.
Rol
Fecha
19 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el Ministerio Público deduce recurso de hecho en contra de la resolución pronunciada por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago en audiencia de 11 de octubre de 2025, en causa RIT 2568-2025, que declaró inadmisible la apelación verbal, contemplada en el artículo 149 del Código Procesal Penal, que interpuso el Ministerio Público en contra de la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados Axel Mauricio Lobos Vásquez y Rodrigo Alejandro Gatica Torres, fundándola en la causal de peligro de fuga y no en la de peligro para la seguridad de la sociedad, como había sido solicitada. Explica que los imputados fueron formalizados por el delito de tráfico ilícito de drogas, previsto en el artículo 3° en relación con el 1° de la Ley 20.000, y que en consecuencia, se trata de uno de aquellos respecto de los cuales el artículo 149 del Código Procesal Penal permite la apelación verbal; sin embargo señala que el tribunal declaró la inadmisibilidad del recurso, fundado en que existe norma expresa que regula el recurso de apelación para el caso de las resoluciones relacionadas con la prisión preventiva, circunscribiéndola el legislador a la que ordena, mantiene, revoca o no da lugar a la misma, lo que no habría ocurrido hasta dicho momento en la audiencia, teniendo en consideración que no había denegado la prisión preventiva, sino que la había concedido por peligro de fuga y que, además, no se había aun abierto debate ni establecido la fijación de una caución para reemplazarla, por lo que resulta improcedente el recurso. Frente a ello, el Ministerio Público alega que se trata de una de las hipótesis del artículo 149 del Código Procesal Penal, ya que la prisión preventiva ha sido denegada y simultáneamente se ha establecido en los hechos la posibilidad de reemplazarla por una caución en los términos del artículo 146 del Código Procesal Penal, agregando que, en términos lógicos, abrir la posibilidad
Fallo
Por lo expuesto, solicita se declare la admisibilidad del recurso de apelación verbal interpuesto por el Ministerio Publico en contra de la resolución señalada. Segundo: Que, informando doña Gricel Muñoz Ruiz, juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, señala que efectivamente en la audiencia de control de detención, de fecha 11 de octubre de 2025, dio lugar a lo solicitado por el Ministerio Público, respecto de los imputados Axel Lobos Vásquez y Rodrigo Gatica Torres, en cuanto a decretar su prisión preventiva, por peligro para la seguridad de la sociedad, mas no en la hipótesis de reincidencia, pues ambos imputados no mantienen causas ni condenas pendientes, por lo que, solo atento a la eventual pena que arriesgan, existiría peligro de fuga, siendo entonces en ese sentido que se decretó la cautelar. Agrega que, en la misma audiencia el Ministerio Público de conformidad al artículo 149 del Código Procesal Penal, apeló de la resolución atendido a que a su juicio se rechazó la cautelar, al decretarla por peligro de fuga y no por peligro amplio para la seguridad de la sociedad, declarándolo inadmisible el tribunal por no estar en ninguna de la hipótesis del artículo 149 ya citado, pues no negó, ni sustituyó, como tampoco revocó la prisión preventiva, únicas 3 hipótesis contempladas, por lo que dicho recurso debe ser interpuesto de conformidad con las reglas generales, agregando que el Ministerio Público pretende ir contra el sentido natural de las palabras. Por último, dar
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San Miguel, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 3412-2025 Penal Ruc: 2501442337-3 RIT: 2568-2025 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas, señora Alondra Castro Jiménez y señora Nora Rosati Jerez. Relator: Marcela Labra Todorovich Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Yélica Lusic Defensa: Roberto Pu
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