CLAUDIO ANDRES GONZALEZ CASTRO/SEPTIMA SALA DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
Fecha
19 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Engelbeth Hernan Luna Bascur, abogado en representación de Claudio González Castro, imputado privado de libertad, interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 18 de octubre de 2025, dictada en causa Rol Ingreso Corte 5424-2025, pronunciada por la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por el ministro (s) señor Patricio Álvarez Maldini, la ministra (s) señora. Paulina Roncagliolo Hantke y la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida, mediante la cual resolvieron acoger la apelación deducida por la fiscalía, revocando con ello la resolución pronunciada por el Juzgado de Garantía de Colina, que sustituyó la prisión preventiva de su representado. Expone que el recurrente tiene la calidad de imputado en la causa RIT 3142-2025 del Juzgado de Garantía de Colina, en la que el 6 de junio de 2025 fue formalizado como autor de los delitos consumados de robo con violencia e intimidación y receptación de especies, decretándose a su respecto la prisión preventiva en misma fecha. Añade que el 16 de octubre pasado se realizó audiencia de revisión de la medida cautelar, sustituyéndosela por las de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima, señalando que el tribunal de la instancia no dio por acreditada la existencia del delito y la participación del imputado en base a las alegaciones esgrimidas por la defensa. Precisa que en dicha audiencia se argumentó que parte de las joyas reconocidas y enunciadas por la víctima como objeto del delito ya se encontraban en posesión del imputado con una fecha anterior al de la comisión de los hechos, agregando que incluso se habrían incautado especies respecto de las cuales no existiría denuncia alguna. Asimismo, se dio cuenta por la defensa que el día de los hechos Santiago estaba sin luz por lo que no es plausible que la víctima haya podido reconocer al imputado. En la misma línea, se indicó respe
Fundamentos
fundamentos registrados en el audio, afirmando que en dicha audiencia nada se dijo respecto de la prueba aportada por la defensa sino que se limita a realizar una apreciación genérica de la misma. Atendido lo anterior, estima que la resolución del tribunal recurrido deviene en ilegal al no pronunciarse acerca de las alegaciones de la defensa, en incumplimiento del deber de fundamentación contenido en el artículo 36 y 143 del Código Procesal Penal. Asimismo, advierte que la resolución resulta desproporcionada atendido el carácter de ultima ratio de la prisión preventiva, afirmando que además infringiría normativa internacional, la que cita. Solicita, en definitiva, que se acoja la presente acción constitucional, se ordene la inmediata libertad de su representado y se le imponga la medida cautelar de arresto domiciliario total. Segundo: Que informa al tenor del recurso Carlos Poblete González, juez del Juzgado de Garantía de Colina, en causa RIT 3142-2025 seguida ante dicho tribunal. Expone que el 16 de octubre pasado se llevó a cabo audiencia de revisión de medidas cautelares en la que la defensa solicitó la modificación de la prisión preventiva. Agrega que luego del debate de rigor, se accedió a la petición por estimarse que los antecedentes invocados permitían cuestionar los delitos y participación del encausado, ya que las supuestas especies halladas en poder del encartado no correspondían en su descripción a las que había denunciado la víctima, sumado a que no se logró explicar cómo la ofendida reconoció al imputado si ese día hubo un corte de luz en toda la comuna. Añade que el ente persecutor apeló verbalmente, según lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, y que el 18 de octubre último la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la resolución dictada, ordenando mantener la prisión preventiva del imputado. Tercero: Que, a folio 21, informan al tenor del recurso los ministros (s) señor Patricio Álvarez Maldini y Paulina Roncagliolo Hantke y la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida, todos de la Corte de Apelaciones de Santiago. Refieren que la resolución escrita es únicamente un extracto de aquella dictada por el presidente de la Séptima Sala en audiencia de 18 de octubre pasado agregando que, sin perjuicio de lo anterior, estima que está debidamente fundada al aludir a los fundamentos del registro de audio. Indican que se estimó que no existían nuevos antecedentes que permitiesen modificar la resolución de 6 de junio de 2025, que decretó la prisión preventiva del imputado por el delito de robo en lugar habitado. Señala que, lo anterior, teniendo en especial consideración que la víctima reconoció expresamente al imputado como uno de los autores del delito a través de reconocimiento fotográfico, siendo explicable que la víctima pudiera confundir unas zapatillas Louis Vuitton originales con unas falsificadas y que el hecho fuera alumbrado en algún momento de alguna manera, al necesitar un
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Claudio González Castro en contra de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°1422-2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. Al folio 24: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Engelbeth Hernan Luna Bascur, abogado en representación de Claudio González Castro, imputado privado de libertad, interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 18 de octubre de 2025, dictada en causa Rol Ingreso Corte 5424-2025, pronun
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