SIN INFORMACION

JACQUES RAYMOND / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Marcelo Carvallo Contreras, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Jacques Raymond, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que califica de ilegal, consistente en el rechazo de su solicitud de regularización extraordinaria, disponiendo su abandono del país, lo que estima vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República. Expone que la solicitud de la recurrente fue rechazada por Resolución Exenta N°23294474 de 2 de agosto de 2023, disponiendo su abandono del territorio nacional, debido a que no remitió el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado. Hace presente lo complicado que es la obtención de ese documento, en atención a la crisis que existe en su país de origen. Pide que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°2329447, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones revertir la decisión de abandono del país y continuar con el procedimiento de solicitud de regularización. Segundo: Que evacua informe la Policía de Investigaciones de Chile, Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana, señalando que el recurrente no presenta órdenes de expulsión, aprehensión, arrestos, ni arraigos vigentes en su contra. Describe que su último movimiento migratorio corresponde a un ingreso al país en abril de 2018, proveniente desde Haití. Tercero: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa, solicitando el rechazo del recurso. Señala que la recurrente el 14 de octubre de 2021, solicitó la regularización de su situación migratoria, en virtud del proceso contemplado en el artículo 8 transitorio de la Ley N°21.235. Añade que, mediante comunicación electrónica de 9 de agosto de 2022, se le informó que su solicitud se encontraba incompleta, otorgándole un plazo de 60 días hábiles para acompañar el certificado de antecedentes penales debidamente l

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se acoge, el recurso de amparo deducido en favor de Jacques Raymond en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se deja sin efecto la resolución impugnada y se ordena al Servicio recurrido otorgar un plazo razonable para aportar el antecedente faltante y en virtud de aquello, con posterioridad, emita un nuevo pronunciamiento como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°1512-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Marcelo Carvallo Contreras, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Jacques Raymond, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que califica de ilegal, consistente en el rechazo de su solicitud de regularización extraordina

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica