SIN INFORMACION

ANACONA TORRICO MIGUEL ÁNGEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Inti Orozco Alvear, abogado, en representación de Miguel Ángel Anacona Torrico, actualmente interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, quien interpone a su favor recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto que estima ilegal, consistente en el rechazo de la mencionada Comisión a la solicitud de beneficio de libertad condicional del amparado, por resolución de veintinueve de octubre de dos mil veinticinco, a pesar de cumplir con todos los requisitos legales del Decreto Ley N° 321 para ello, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita en definitiva a esta Corte acoger el recurso de amparo, dejando sin efecto la mencionada resolución, concediendo la libertad condicional al recurrente; SEGUNDO: Que por la Comisión de Libertad Condicional evacuó informe en su representación su presidente, la Ministra Sandra Araya Naranjo, quien relata que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, pero se resolvió su rechazo por unanimidad, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321, mediante resolución dictada el veintinueve de octubre del año en curso; TERCERO: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en la mencionada resolución sobre la libertad condicional, y sus antecedentes de postulación. En esta última se constata que se encuentra cumpliendo condena impuesta por el delito de porte ilegal de arma de fuego, respecto del cual tiene término previsto para el 7 de junio de 2026, restándole por cumplir ocho meses y seis días a la época de confección del formulario de postulación antes referido. Del mismo modo, fue allegado el “informe de postulación psicosocial de libertad condicional”, en el cual se consignan como conclusiones las reseñadas en el motivo precedente. Refiere la antedicha resolución que, de la revisión de los antecedentes del interno contenidos en la postulación, se puede comprobar que el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, una conducta intachable durante los últimos cuatro bimestres de su condena, cumpliendo los requisitos del citado Decreto Ley, no obstante la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Manifiesta, en efecto, que el amparado posee un mediano compromiso delictual, y según evaluación para la gestión de caso, presenta un riesgo de reincidencia de carácter medio, con necesidades de intervención en el área de uso de tiempo libre, pares, actitud y orientación pro criminal. Destaca que cuenta con capacidad para asumir responsabilidad

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del Decreto Ley N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, ambos del Ministerio de Justicia; 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Ángel Anacona Torrico, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4354-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. Al escrito folio 6: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Inti Orozco Alvear, abogado, en representación de Miguel Ángel Anacona Torrico, actualmente interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, quien interpone a su favor recurso de amparo en contra de la Comisión de Liberta

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