SIN INFORMACION

HERRERA PEREZ ALEJANDRO ANTONIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Adolfo Mauricio Godoy Ovalle, abogado, en representación de Alejandro Antonio Herrera Pérez, actualmente interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, quien interpone a su favor recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto que estima ilegal, consistente en el rechazo de la mencionada Comisión a la solicitud de beneficio de libertad condicional del amparado, por resolución de veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, a pesar de cumplir con todos los requisitos legales previstos en el Decreto Ley N° 321, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita en definitiva a esta Corte acoger el recurso de amparo, dejando sin efecto la mencionada resolución, concediendo la libertad condicional al recurrente. Relata que el 3 de noviembre del año en curso, se constituyó la Comisión Especial a que se refiere el artículo 4 del Decreto Ley N° 321 de 1925, para conocer los antecedentes relativos a las solicitudes de libertad condicional remitida por los jefes de los establecimientos carcelarios de Santiago, la que fue presidida por la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago Sandra Araya Naranjo, e integrada por otros magistrados, jueces de garantía y de tribunal oral en lo penal, quienes revisaron la situación del amparado, quien fue informado en Lista 1 favorable por la autoridad penitenciaria, pues se trata de un condenado que se encuentra con una conducta sobresaliente, a la fecha, sin tener castigos, cuenta con estudios de enseñanza media completa, cursos de capacitación, actualmente se encuentra en un módulo intervenido de Gendarmería de Chile, y se encuentra trabajando en el recinto penitenciario, además de contar con una red de apoyo familiar numerosa, y ser una persona sobresaliente en el recinto carcelario de Santiago Sur, reuniendo los requisitos legales que autorizan la concesión de la libertad condicional. Refiere que la resolución de la recurrida, y el acta de revisión de las solicitudes de dicho beneficio, no contienen razón ni justificación de ninguna especie que justifique el rechazo de la petición del amparado, destinada a cumplir bajo libertad condicional el saldo de la pena privativa de libertad, de conformidad con los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, lo que deviene en un actuar ilegal, dado que adolece de toda fundamentación.

Fallo

Por estas consideraciones, solicita en definitiva que se deje sin efecto la resolución impugnada, y con su mérito, se dicte en su reemplazo una nueva resolución que otorgue la libertad condicional al amparado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su debida materialización; SEGUNDO: Que por la Comisión de Libertad Condicional evacuó informe en su representación su presidente, la Ministra Sandra Araya Naranjo, quien relata que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, pero se resolvió su rechazo por unanimidad, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321, mediante resolución dictada el veintinueve de octubre del año en curso; TERCERO: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en la mencionada resolución sobre la libertad condicional, y sus antecedentes de postulación. En esta última se constata que se encuentra cumpliendo condena impuesta por el delito de robo en lugar habitado, respecto del cual tiene término previsto para el 15 de marzo de 2027, restándole por cumplir un año cinco meses y catorce días a la época de confección del formulario de postulación antes referido. Del mismo modo, fue allegado el “informe de postulación psicosocial de libertad condicional”

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Adolfo Mauricio Godoy Ovalle, abogado, en representación de Alejandro Antonio Herrera Pérez, actualmente interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, quien interpone a su favor recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto

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