MP C/ KEVIN MAX ROJAS PARRAGUEZ Y OTRO
Rol
Fecha
19 de noviembre de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1.- Que en relación con la concurrencia de los presupuestos materiales contemplados en el artículo 140 letra a) y b) del Código Procesal Penal, fluye de los antecedentes hasta ahora reunidos en el proceso que existen de manera suficiente para estimar la concurrencia del delito de tráfico ilícito de drogas, verificándose, además, presunciones fundadas de participación de los investigados en él. 2.- Que, seguidamente, en lo que respecta al requisito establecido en el literal c) de la disposición citada, aparece necesario consignar que la sanción que la ley prevé para el ilícito que se imputa a los recurrentes, el carácter del injusto y el hecho de haber obrado en grupo o pandilla, permiten aseverar la verificación de los criterios de peligrosidad que la norma contempla, estimándose que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, tal como razonó el juez de base, compartiéndose los argumentos vertidos por aquel en la resolución que por esta vía se revisa. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución de doce de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Kevin Max Rojas Parraguez, Maximiliano Hanz Reinoso Leiva y Angelo Alejandro Venenciano Aguilera, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1010-2025 Penal.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución de doce de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Kevin Max Rojas Parraguez, Maximiliano Hanz Reinoso Leiva y Angelo Alejandro Venenciano Aguilera, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1010-2025 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco. Siendo las 10:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas e integrada por las Ministras suplentes señoras Jimena Pérez Pinto y Macarena Navarrete González, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por las defensas, en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica