COMERCIAL KUZACORP SPA/VIVEROS
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniend, además, presente: Que el artículo 465 del Código de Procedimiento Civil precisa que todas las excepciones deben oponerse en el mismo escrito y que la oportunidad prevista para ello es la establecida en el artículo 462 del mismo Código, se confirma la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil veinticuatro, dictada en los autos Rol N° C-10777-2022, seguidos ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase la competencia. N°Civil-1942-2024. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y el Abogado Integrante señor Nicolás Stitchkin López. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniend, además, presente: Que el artículo 465 del Código de Procedimiento Civil precisa que todas las excepciones deben oponerse en el mismo escrito y que la oportunidad prevista para ello es la establecida en el artículo 462 del mismo Código, se confirma la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil vein
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