SIN INFORMACION

CORDERO/SECCION DE REMUNERACIONES POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

18 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Natalia Andrea Aguilar Rodríguez, en representación de Cristián Ismael Cordero Jiménez, y deduce recurso de protección en contra de la Sección Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber incurrido en la omisión de pago de los saldos remuneratorios adeudados de la Asignación de Grado Efectivo, desde su ingreso a la institución con fecha 1° de febrero de 2001 al 26 de abril de 2021, la que califica de ilegal y arbitraria y vulneratoria de las garantías establecidas en los N°s. 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que la Asignación de Grado Efectivo recibe un incremento cuando algún funcionario se desempeña en regiones con derecho a la Asignación de Zona, como es el caso de las localidades de Puerto Aysén y Antofagasta en las que el recurrente desempeñó funciones entre el 14 de enero de 2004 y el 10 de febrero de 2010 y desde el 31 de marzo de 2021 a la actualidad, respectivamente. Refiere que, a través de Radiograma N° 225, de 30 de mayo de 2019, se comunicó a los funcionarios institucionales que se modificaría la base de cálculo de la gratificación de zona mediante la inclusión del estipendio en comento, a partir de mayo 2019, sin embargo, dicha decisión se dejó sin efecto al mes siguiente, lo que fue comunicado por medio del Radiograma N° 285, de 2 de julio de 2019, ello con el objeto de someter el asunto a la Contraloría General de la República y aclarar la pertinencia del procedimiento empleado. Comenta que el aludido organismo de control se pronunció sobre el asunto mediante dictamen Nº E98928, de 26 de abril de 2021, concluyendo “(…) que la asignación de especialidad al grado efectivo que actualmente recibe el personal de la Policía de Investigaciones de Chile, debe ser considerado en la base de cálculo de la gratificación de zona del personal que tenga derecho a este último beneficio.”. Afirma que recién a partir de las sentencias dict

Fallo

fallo que ordenaba el pago de los montos adeudados por asignación de grado efectivo en los términos indicados, lo que en el caso del recurrente aconteció con fecha 7 de marzo de 2025. Por lo anterior, pide que se acoja el recurso y se regularice el pago por los montos adeudados de la asignación, por el período que ha fijado la Excma. Corte Suprema para el asunto debatido, esto es desde su ingreso a la institución hasta el 26 de abril de 2021. Segundo: Que la Policía de Investigaciones de Chile compareció en estos antecedentes oponiendo, en primer lugar, excepción de prescripción respecto de la pretensión del actor. Sobre el particular aclara que la asignación de especialidad al grado efectivo fue introducida por el artículo 41 del Decreto Ley Nº 3.551, de 1980, publicado el 2 de enero de 1981, disposición que contemplaba expresamente que dicho estipendio no se consideraría para los efectos de la asignación de zona. Añade que mediante el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1998, del Ministerio de Defensa Nacional, se sustituyó el artículo 46 del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1968, del mismo origen, Estatuto del Personal de Carabineros, incorporando dicho beneficio, lo que produjo la derogación tacita del estipendio de similar denominación concedido originalmente por el artículo 41 del citado Decreto Ley N° 3.551, con la única excepción de la regulación relativa a montos. Reclama que, al no haber disposición especial que regule la materia, en la especie recibe aplicaci

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Natalia Andrea Aguilar Rodríguez, en representación de Cristián Ismael Cordero Jiménez, y deduce recurso de protección en contra de la Sección Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber incurrido en la omisión de pago de los saldos remune

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