MP C/ ADRIAN JESUS MELENDEZ DE LEON
Rol
Fecha
18 de noviembre de 2025
Materia
POSESION O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio y lo expuesto por los intervinientes, se estima que el presupuesto material de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, con relación al delito por el que se le ha formalizado al imputado, establecido en el artículo 13, en relación al artículo 3 letra c) de la Ley 17.798, no se encuentra suficientemente justificado, desde que las características del elemento incautado no satisface el tipo penal. 2°) Luego, en cuanto a la necesidad de cautela, en la especie, únicamente se circunscribe a la exigencia de mantener al encartado adherido al procedimiento y, en tal sentido, la prisión preventiva peticionada por el Ministerio Público, resulta desproporcionada, estimándose suficientes otras cautelares personales, como aquellas dispuestas por la magistratura a quo. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por la jueza (s) del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña María Asunción de la Barra Suma de Villa, en audiencia de quince de noviembre de dos mil veinticinco, que no hizo lugar a la petición del Ministerio Público de decretar la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad y peligro de fuga del imputado Adrián Jesús Meléndez De León. Regístrese y devuélvase por la vía más expedita a objeto que se disponga la inmediata libertad del imputad, si no estuviere privado de ella por otros motivos. Rol Corte: Penal-797-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por la jueza (s) del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña María Asunción de la Barra Suma de Villa, en audiencia de quince de noviembre de dos mil veinticinco, que no hizo lugar a la petición del Ministerio Público de decretar la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad y peligro de fuga del imputado Adrián Jesús Meléndez De León. Regístrese y devuélvase por la vía más expedita a objeto que se disponga la inmediata libertad del imputad, si no estuviere privado de ella por otros motivos. Rol Corte: Penal-797-2025.
Texto Completo (Preview)
Fecha: dieciocho de noviembre de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-798-2025 Ruc N°: 2501618252-7 Rit N°: O-8709-2025 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministro señor Pablo Krumm De Almozara y ministra señora Aída Osses Herrera Relatora: Anita Maluenda Hernández Abogado Asesor M.P.: Jorge Gamboa Ríos Defensora Penal Publi
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