OLMOS/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA PARCIAL/RECHAZADO
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Francisco Arriagada Peralta, abogado, actuando en nombre y representación de Christopher Ignacio Olmos Riquelme, cédula de identidad N°18.506.867-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N°214, oficina 204, de esta ciudad, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, cuyo representante legal es Mauricio Rojas Mena, por el acto ilegal y arbitrario que vulnera la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, consistente en efectuar descuentos en sus remuneraciones. Informó la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente indica que con fecha 04 y 11 de abril de 2025 su representado fue notificado de dos demandas ejecutivas interpuestas por la recurrida. Dichas causas se individualizan bajo el Rol C-775-2025, seguida ante el 1° Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, fundada en el pagaré N°003CON103968831 suscrito el 3 de julio de 2023 por la suma de $3.933.317 pagadera en 36 cuotas mensuales; y el Rol C-766-2025, seguido ante el 3° Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, fundada en el pagaré N°003CON103548624 suscrito el 18 de julio de 2022 por la suma de $3.616.661 pagadera en 48 cuotas mensuales. Dice que, en el marco de estos procesos, su representado ejerció oportunamente su derecho a defensa, oponiendo excepciones de conformidad al artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, las que se encuentran pendientes de resolución. En consecuencia, los créditos reclamados se encuentran en plena discusión judicial, sin que exista a la fecha sentencia firme que declare exigibles las deudas reclamadas. Indica que, no obstante lo anterior, con fecha 26 de septiembre de 2025, la recurrida procedió a realizar descuentos directos en la remuneración de su representado, sin que mediara resolución judicial ni acuerdo previo que lo autorizara. En la liquidación de remuneraciones del mes de septiembre de 2025, correspondiente al trabajo en la empresa “Distribuidora Cummins Chile S.A.”, se practicaron descuentos bajo glosa “CCAF Los Andes (Créd.)” en los montos de $50.355, $125.688, $231.176 y $109.157, lo que arroja un total de $516.376, reduciendo su renta líquida a tan solo $714.032 pesos. Sostiene que, de esta manera, la Caja de Compensación, a pesar de tener acciones ejecutivas en curso, optó por descontar unilateralmente sumas desde el sueldo de su representado, configurando un doble cobro y afectando de manera grave y directa su patrimonio. Este proceder no solo carece de fundamento legal, sino que además constituye una vulneración al derecho de propiedad sobre sus remuneraciones. Finalmente, hace presente que los créditos demandados e individualizados en las causas anteriormente son los únicos que han sido solicitado por su representado y aquellos coinciden con las cuotas pactadas del descuento que se le ha realizado en su liquidación de sueldo. En razón de lo anterior, solicita se ordene el cese inmediato de los descuentos practicados en las remuneraciones de mi representado y la restitución íntegra de las sumas indebidamente retenidas, equivalentes a $516.376 y aquellas que eventualmente se realicen en lo sucesivo sin respaldo judicial, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, informó la abogada Inés Riquelme Arao, en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, solicitando el rechazo del recurso. Expone que la Caja de Compensación con fecha 3 de julio de 2023, otorgó a don Christopher Olmos Riquelme el crédito código 003CON103968831, por la suma de $3.933.317.- a una ta
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; se declara que: I. SE ACOGE PARCIALMENTE, sin costas, el recurso de protección deducido por el abogado Francisco Arriagada Peralta, actuando en nombre y representación de Christopher Ignacio Olmos Riquelme en contra de la Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Andes, sólo en cuanto la recurrida se abstendrá de practicar el cobro del crédito social vía descuento de remuneraciones, respecto de la operación crédito código 003CON103968831, de fecha 3 de julio de 2023, debiendo reembolsar el monto indebidamente descontado de las liquidaciones del actor desde el mes de septiembre del presente año, y los que se hayan efectuado con posterioridad. II. SE RECHAZA el presente recurso respecto de los créditos códigos 003CON104210898 y 003CON104257153, de fecha 14 de marzo y 20 de mayo de 2024, respectivamente. Regístrese y comuníquese. Rol 1883-2025 (Protección) 2
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Antofagasta, diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Francisco Arriagada Peralta, abogado, actuando en nombre y representación de Christopher Ignacio Olmos Riquelme, cédula de identidad N°18.506.867-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N°214, oficina 204, de esta ciudad, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensaci
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