7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ DAFER GANJA GUEVARA

Rol

Fecha

17 de noviembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que conforme a los antecedentes expuestos en la audiencia, los policías aprecian en la vía pública, a corta distancia, al imputado Ganja Guevara entregar a un tercero una pequeña bolsa a cambio de dinero y, al advertir la presencia policial, el imputado huyó, circunstancias por las que los agentes lo someten a un control de identidad conforme al artículo 85 del Código Procesal Penal, encontrando finalmente en el interior de un bolso que portaba 6 bolsas contenedoras de cannabis sativa. No ha sido controvertido en la sentencia en examen que lo expuesto antes constituya un indicio de aquellos que trata el citado artículo 85 y que faculta a los policías para controlar la identidad del imputado y, por ende, el hallazgo de la droga no puede tacharse de ilegal. Consecuentemente, se presenta una situación de flagrancia de la letra a) del artículo 130 del Código Procesal Penal. Segundo: Que, sentado lo anterior, la ilicitud del ingreso y registro del domicilio del imputado que denuncia la defensa y que acoge el tribunal de primer grado, por realizarse una vez materializada la detención en situación de flagrancia, de ser efectiva dicha ilicitud, en todo caso, no puede afectar lo ocurr1ido previamente que, como ya se expuso, se ejecuta al amparo de lo previsto en los artículos 129 y 130 a) del Código Procesal Penal. Tercero: Que, de esa manera, esta Corte ha verificado que la detención del imputado fue ejecutada por los policías conforme a sus facultades legales y ejercida en uno de los casos y en la forma prevista en la ley. Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 132 bis del Código Procesal Penal, se revoca, la resolución de diecinueve de septiembre de dos mil veinticinco dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT Nro. 12.938-2025, la cual declaró la ilegalidad de la detención del imputado Dafer Ganja Guevara, y en su lugar, se decide que se declara legal su detención. Comuníquese y d

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 132 bis del Código Procesal Penal, se revoca, la resolución de diecinueve de septiembre de dos mil veinticinco dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT Nro. 12.938-2025, la cual declaró la ilegalidad de la detención del imputado Dafer Ganja Guevara, y en su lugar, se decide que se declara legal su detención. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Ingreso Corte Rol Nro. 5063-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-5063-2025 Ruc: 2501320272-1 Rit : O-12938-2025 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la ministra señorita Romy Grace Rutherford Parentti, el ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y el abogado integrante señor Luis Hernandez Olmedo Relator: Juan Pabl

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