MP C/ HAROLD FABIAN HERMOSA ROCHA
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y, de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de dieciséis de noviembre de dos mil veinticinco, que rechazó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Harold Fabian Hermosa Rocha. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal, quien estuvo por revocar la resolución apelada y, en su lugar, decretar la prisión preventiva en atención a la multiplicidad de ilícitos formalizados y la diversidad de drogas encontradas en poder del imputado, lo cual permite estimar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad, conforme a lo dispuesto en el artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal. Dese orden de libertad inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa. Notifíquese y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-3208-2025.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 11:45 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal, e integrada por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y por el Abogado Integrante Sr. Felipe Caballer
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