GUERRICABEITIA GUERRICABEITIA MICHAEL ALEJANDRO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL- VALPARAÍSO
Rol
Fecha
17 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA.-
Hechos
Vistos: A folio 3, Dalet Ramírez Tenorio, abogado, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Mitchel Alejandro Guerricabeitia Guerricabeitia, chileno, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N° 1493-2025/Comisión de Libertad Condicional de diez de octubre de 2025 que rechaza su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, cumple actualmente las penas de 51 días más 61 días más 41 días más 5 días (multa) más 541 días más 5 días (multa) más15 días (multa) más 10 años 1 días más 7 años por los delitos de hurto- multa (pena sustitutiva) más tenencia o porte de armas, municiones y otros más multa (pena sustitutiva) - receptación más hurto-multa (pena sustitutiva) más robo con intimidación. art. 433, 436 inc. 1°. Más robo con fuerza en lugar habitado, las que cumple en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, siendo la fecha de inicio de condena el 07 de enero de 2012 y el término de la condena el 30 de noviembre de 2030. La fecha en que se cumple el tiempo mínimo es el 13 de agosto de 2024, restándole 1840 días por cumplir. Aduce que cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 6, informa la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional , señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. Para el rechazo de la postulación del amparado, la referida Comisión consideró que el informe de postulación psicosocial resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad A folio 7, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5° del Decreto Ley N°321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.627, publicada en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2023. Tercero: Que, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado y ordenado por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que el amparado presenta un compromiso delictual ALTO y un riesgo de reincidencia MEDIO. Se encuentra en el estado de contemplación respecto al cambio, y no tiene beneficios intrapenitenciarios. El informe psicosocial detalla que, si bien el amparado ha demostrado una conducta muy buena desde 2021 y ha avanzado en su plan de intervención psicosocial, logrando disminuir su nivel de riesgo de Muy Alto a Medio, aún persisten factores de riesgo importantes. Se sugiere la continuación de su plan de intervención en sistema cerrado, específicamente en un Centro de Educación y Trabajo, con el objetivo de desarrollar sus competencias laborales y recibir capacitación en oficio. Esto se debe a que el interno mantiene factores de riesgo con necesidad de intervención en el ámbito laboral, el uso del tiempo libre y la asociación a pares infractores, careciendo de experiencia laboral y presentando proyecciones difusas hacia el medio libre. El análisis global del proceso de reinserción indica que los factores de vinculación a pares y educación/empleo deben continuar abordándose desde una esfera más prosocial, lo que es necesario antes de su inserción al medio libre. El objetivo es que adquiera hábitos prelaborales, participe en actividades comunitarias y desarrolle la capacidad de evaluar su asociación a pares infractores, buscando consolidar un estilo de vida prosocial. Pese a reconocer su responsabilidad delictiva y tener conciencia del daño causado a las víctimas, la progresión hacia un estilo de vida prosocial y la disminución del riesgo en áreas críticas se consideran aún insuficientes para el cumplimiento de la pena en libertad. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negati
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor de Mitchel Alejandro Guerricabeitia Guerricabeitia en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Se previene que la Ministra Suplente Sra. Alvial, concurre al rechazo teniendo únicamente presente que la acción presentada no resulta idónea para revisar el mérito de lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, en cuanto a la apreciación de los avances en el proceso de reinserción social del amparado, toda vez que refleja un juicio de ponderación sobre aspectos de fondo, correspondiendo únicamente verificar el cumplimiento de los requisitos objetivos establecidos en el Decreto Ley N° 321 y su Reglamento, cuya infracción no se denuncia en la especie Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4124-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 3, Dalet Ramírez Tenorio, abogado, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Mitchel Alejandro Guerricabeitia Guerricabeitia, chileno, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica