FREDES/ISUPERINTENDECIA DE SEGURIDAD SOCIAL SUSESO SEDE ARAUCANIA
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que, de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que la resolución que se impugna a través de esta acción se le notificó al recurrente el 13 de octubre de 2025, por lo que al deducirse el presente recurso el 13 de noviembre del mismo año, y no existiendo certificado de disponibilidad que acredite el impedimento alegado a lo principal de su presentación, se concluye que éste excede el plazo contemplado en el numeral 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección. Y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE, por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto a folio 1. Regístrese y archívese. N°Protección-1531-2025./cll
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco. Resolviendo a lo principal y primer otrosí de folio 1: Visto y considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indica
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