DENUNCIANTE: PROMOTORA CMR FALABELLA
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada de fecha veintinueve de agosto del año en curso; sustituyendo la frase “Banco del Estado de Chile” por “Promotora CMR Falabella”; atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, SE LO CONFIRMA, con declaración que PROMOTORA CMR FALABELLA, deberá proceder a la cancelación de la suma de $1.128.000.- regularizando tarjeta, dejándola en un estado como si las transacciones reclamadas no se hubiesen realizado. Regístrese y devuélvase. Rol N°61-2025.Policía Local.
Fallo
fallo en alzada de fecha veintinueve de agosto del año en curso; sustituyendo la frase “Banco del Estado de Chile” por “Promotora CMR Falabella”; atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, SE LO CONFIRMA, con declaración que PROMOTORA CMR FALABELLA, deberá proceder a la cancelación de la suma de $1.128.000.- regularizando tarjeta, dejándola en un estado como si las transacciones reclamadas no se hubiesen realizado. Regístrese y devuélvase. Rol N°61-2025.Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada de fecha veintinueve de agosto del año en curso; sustituyendo la frase “Banco del Estado de Chile” por “Promotora CMR Falabella”; atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, SE LO CONFIRMA, con declaración que PROMOTOR
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