SIN INFORMACION

GONZÁLEZ MONTOYA MARCOS MAURICIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL - VALPARAÍSO

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, Marcia Vega Moreno, abogado, Defensora Penal Pública Penitenciaria deduce acción de amparo en favor de Marcos Mauricio González Montoya, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°1484-2025 de diez de octubre de 2025 que rechaza su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado cumple una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, cometido en grado de consumado, en el Centro Penitenciario de Valparaíso. La fecha de inicio de condena es 23 de noviembre 2023, la fecha de término es 23 de noviembre 2026, restándole un año, un mes y veintidós días por cumplir. Aduce que cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos de para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, acompañando el “formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional” que da cuenta de los antecedentes de la postulación. A folio 6 evacúa informe la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, en el que adjunta la Resolución Ord. N°1484-2025, de fecha 10 de octubre de 2025, que rechaza la postulación del amparado, indicando resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues el interno cuenta con riesgo de reincidencia medio, sin beneficios intrapenitenciarios que permitan observar su conducta extramuros, el informe de Gendarmería señala que el interno utiliza la mentira a niveles patológicos, con diversas áreas de riesgo pendientes de intervención intramuros y sin habitualidad laboral, siendo posible concluir que no cumple con las exigencias estableci

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5 del Decreto Ley N°321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.124, facultándola para resolver las postulaciones conforme a las exigencias establecidas en el artículo 2 del mismo cuerpo legal. Tercero: Que, de la lectura de los antecedentes tenidos a la vista, especialmente el informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, el cual fue la base para la resolución que rechazó el beneficio, se desprende que el amparado no registra actividades de intervención intramuros, sin habitualidad laboral y sin beneficios intrapenitenciarios que permita observar la conducta extramuros, siendo posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya actuado de forma ilegal, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente acción será rechazada.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Marcos Mauricio González Montoya en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4044-2025. En Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Marcia Vega Moreno, abogado, Defensora Penal Pública Penitenciaria deduce acción de amparo en favor de Marcos Mauricio González Montoya, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°1484-2025 de diez de octubre d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica