JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ GUILLERMO ARMANDO SANTOS URIBE

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2025

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que autorizó el reemplazo de la prisión preventiva del imputado Guillermo Armando Santos Uribe por una caución económica. 2°) Que, del mérito de los antecedentes se advierte que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto de los delitos de tráfico de drogas en pequeñas cantidades e intento de ingreso a un establecimiento penitenciario de elementos tecnológicos aptos para permitir comunicaciones hacia el exterior. Lo anterior conforme a la flagrancia en la que fue sorprendido el imputado por personal aprehensor, así como lo que consta en las actas de prueba de campo y en la correspondiente fijación fotográfica. 3°) Que, en cuanto a la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del mismo artículo, se considera la naturaleza y el número de delitos por los cuales se formalizó la investigación, las anotaciones prontuariales pretéritas por delitos de microtráfico, la eventual forma de cumplimiento de la pena y la circunstancia de encontrarse el imputado cumpliendo una pena sustitutiva al momento en que habrían ocurrido los hechos, todo lo cual permite concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, motivo por el cual no resulta procedente la fijación de una caución económica. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 36, 140, 146 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha trece de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juez (S) del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Antonio Isaac Valdivieso Barrales, disponiéndose la prisión preventiva efectiva respecto del imputado Guillermo Armando Santos Uribe. Devuélvase. Rol Penal N°136

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 36, 140, 146 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha trece de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juez (S) del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Antonio Isaac Valdivieso Barrales, disponiéndose la prisión preventiva efectiva respecto del imputado Guillermo Armando Santos Uribe. Devuélvase. Rol Penal N°1366-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que se elevan estos antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que autorizó el reemplazo de la prisión preventiva del imputado Guillermo Armando Santos Uribe por una caución económica. 2°) Que, del mér

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