MP C/ MAURICIO ALEJANDRO GUZMÁN AGUILAR. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253)
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, que fueron impuestas por el tribunal a quo y además con las que se dirán en lo resolutivo. Y atendido lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución de trece de noviembre en curso, en los autos RIT 6181-2025 por el Juzgado de Garantía de Talagante, que decretó en contra de Mauricio Alejandro Guzmán Aguilar, las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) el artículo 155 del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, con declaración que se adiciona las medidas cautelares establecidas en las letras e) y g) del mismo cuerpo legal, consistente en la prohibición de acercarse al lugar de los hechos y a las víctimas. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para dar cumplimiento a lo antes resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° Penal-3785-2025
Texto Completo (Preview)
Fecha: catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 3785-2025 RIT: 6181-2025 Ruc: 2501618127-k Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Relator (a): Camila Aguayo Arévalo Imputado: Mauricio Alejandro Guzmán Aguilar. Tipo de Recurso: Apelación cautelar Se deja constancia que antes de iniciar la vista de la causa la ministra señora Liliana Mera Muñoz, puso en conocimiento
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