MP C/ LUIS EDUARDO BARRIENTOS VILLABLANCA
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado Luis Eduardo Barrientos Villablanca en contra de la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco que decretó su prisión preventiva. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los prepuestos materiales exigidos por las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito de robo con fuerza en lugar habitado, teniendo presente para ello la declaración de la víctima, del personal aprehensor y las actas y fotografías del sitio del suceso. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, se tiene en consideración la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la investigación, la pena de crimen asignada al ilícito, la existencia de procesos pendientes, la eventual forma de cumplimiento y la existencia de anotaciones prontuariales pretéritas, lo que permite concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha seis de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juez (S) del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco, don David Alexis Negrete Sepúlveda, que dispuso la prisión preventiva del imputado Luis Eduardo Barrientos Villablanca. Devuélvase. Rol Penal N°1362-2025.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado Luis Eduardo Barrientos Villablanca en contra de la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Calbuco que decretó su prisión preventiva. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audie
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